Empresas y finanzas

Tribunal UE corrige decisión Bruselas por cartel vitaminas y modifica multas



    Bruselas, 12 dic (EFECOM).- El Tribunal de Primera Instancia de la UE anuló hoy parcialmente la decisión de la Comisión Europea por la que en 2004 sancionó a Akzo Nobel, BASF y UCB por un pacto de precios para la vitamina B4, usada en alimentación animal, y modificó las multas a BASF, al alza, y UCB, a la baja.

    Bruselas llegó a la conclusión de que las tres empresas mantuvieron entre 1992 y 1994 un acuerdo de precios y reparto del mercado mundial junto a otras cuatro compañías norteamericanas, que entre 1994 y 1998 se limitó a Europa y en el que no participaron las sociedades norteamericanas.

    Éstas cuatro no fueron sancionadas, debido a que su delito había prescrito cuando la Comisión inició su investigación.

    Pero, en su multa a las empresas europeas, Bruselas tuvo en cuenta su participación tanto en el cartel mundial como en el europeo, al considerar que constituía una sola infracción.

    En respuesta a sendos recursos de la alemana BASF y la belga UCB, el Tribunal llegó a la conclusión, sin embargo, de que los productores europeos de vitamina B4 incurrieron en dos delitos distintos, uno de ellos prescrito, por lo que anuló la decisión del ejecutivo comunitario.

    En cuanto a las multas, la corte retiró la reducción del 10 por ciento de que se benefició BASF por su cooperación, ya que la información que facilitó concernía sólo a los acuerdos mundiales, pero le aplicó otra equivalente por no negar las acusaciones durante el proceso administrativo.

    Los jueces elevaron, además, el castigo inicial a la alemana (de 18,8 millones de euros) en un 38 por ciento, en vez del 55 por ciento acordado por Bruselas, debido a la duración de la infracción, y en otro 50 por ciento por ser reincidente.

    Finalmente, el Tribunal fijó la sanción a BASF en 35,024 millones de euros, 54.000 euros más que la Comisión.

    La belga UCB, por su parte, se debe beneficiar de una reducción del 90 por ciento por su cooperación en la investigación sobre el cartel europeo, que no se le había aplicado en la sanción global.

    La corte con sede en Luxemburgo rebajó, por tanto, su multa a 1,87 millones de euros, en vez de los 10,38 millones fijados por Bruselas.

    Por otra parte, el Tribunal de Primera Instancia rechazó otro recurso presentado por Akzo Nobel, que no estaba de acuerdo con el planteamiento de la Comisión de considerar que sus cuatro filiales constituyen, junto a la sociedad matriz, una única empresa.

    Los jueces europeos dejan claro que no es necesario que la entidad principal "instigue" a su filial a cometer la infracción y ni siquiera su propia implicación en las prácticas ilegales.

    Recuerdan que, para las infracciones reguladas en el artículo 81 del Tratado de la UE, la empresa matriz y sus subsidiarias constituyen una sola compañía, por lo que Bruselas actuó correctamente al imponer una sanción al grupo que controla varias sociedades.

    En esta sentencia, el Tribunal de Primera Instancia incide en que, cuando una compañía controla la totalidad del capital de otra, en caso de una infracción, es una "presunción simple" concluir que la matriz ejerce una influencia determinante en el comportamiento de su filial.

    Corresponde a la empresa principal demostrar lo contrario, explica, facilitando al Tribunal información sobre sus vínculos organizativos, económicos y jurídicos con la subsidiaria.

    El examen de los datos sobre el grupo Akzo Nobel y sus filiales implicadas en el citado cartel, no ha llevado a la corte a concluir que el planteamiento de la Comisión fuera equivocado.

    La sanción a Akzo Nobel queda, por todo ello, en 20,99 millones de euros, como estableció el Ejecutivo de la UE en 2004.

    Las dos sentencias pueden ser recurridas por cuestiones de derecho ante el Tribunal de Justicia de la UE, en el plazo de dos meses desde su notificación.

    La vitamina B4 se utiliza como aditivo de los piensos para aves y cerdos. EFECOM

    epn/mdo