Auditor Deloitte afirma no infringió Ley Auditoria al revisar cuentas agencia
Madrid, 17 oct (EFECOM).- El auditor de Deloitte & Touche Gumersindo Gutiérrez declaró hoy en la Audiencia Nacional que no infringió la ley cuando trabajó para Gescartera, donde comprobó únicamente que las cuentas estaban redactadas correctamente, pero no verificó si la información que le facilitó la agencia era veraz.
En el juicio oral por este escándalo financiero, Gutiérrez argumentó durante toda su comparecencia como testigo que la Ley de Auditoría de Cuentas no le exigía comprobar el patrimonio de las sociedades que auditaba, una opinión contraria a la del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), que le sancionó a él y a Deloitte por considerar que habían cometido varias infracciones.
El ICAC penalizó en febrero de 2002 a Deloitte & Touche con una multa equivalente al 3 por ciento de la facturación, unos 540.910 euros, por las supuestas irregularidades cometidas en la auditoría de Gescartera del año 2000, la última elaborada sobre la agencia de valores, al tiempo que impuso una sanción a Gumersindo Gutiérrez de más de 6.000 euros.
En su declaración, Gutiérrez explicó además que sólo tuvo acceso a los datos facilitados por la agencia y que jamás dispuso de los contratos de los clientes, de modo que no cotejó los saldos de los clientes con el patrimonio gestionado para saber si las comisiones que cobraba Gescartera correspondiesen a los servicios prestados.
"Las comisiones y los corretajes entraban dentro de lo normal", aseguró Gutiérrez, actualmente prejubilado, tras explicar que Deloitte cobró "4.000 o 5.000 euros" por los servicios prestados para auditar Gescartera.
Precisamente la firma auditora ha recurrido ante los tribunales ordinarios la sanción impuesta por el ICAC, que actualmente no tiene firmeza judicial, pese a que sirve para que las acusaciones particulares pidan la responsabilidad civil subsidiaria de la auditora.
Gumersindo Gutiérrez mantuvo hoy, en todo momento, que la auditoría de Gescartera se realizó de acuerdo con la normativa vigente en diciembre de 2000, que impedía extender las comprobaciones del auditor a los patrimonios de los clientes", aunque, con posterioridad, en julio de 2001 -un mes después de la intervención-, esta norma incluida en el Real Decreto 1.393/90 fue derogada. EFECOM
dsp/txr