Aprobada norma que estipula características de nuevos contadores eléctricos
Madrid, 24 ago (EFECOM).- El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento sobre los contadores eléctricos, en el que se regulan las condiciones de funcionamiento y las características que deberán reunir los nuevos aparatos, entre otros dispositivos.
La Comisión Nacional de la Energía (CNE) debe elaborar un Plan de sustitución del parque de contadores de los más de 20 millones de usuarios domésticos y comercios, mandato recogido en el Real Decreto de tarifas eléctricas de diciembre de 2006.
La instalación de este tipo de contadores es obligatoria desde el pasado 1 de julio para todos los equipos de nueva instalación con una potencia contratada de 15 kilovatios (kW) (consumidores domésticos y pequeñas empresas).
La normativa aprobada hoy recoge los aspectos técnicos relacionados con la adecuación de estos equipos, los cuales deberán permitir la discriminación horaria así como su gestión a distancia (telegestión).
Según destaca el Gobierno, la discriminación horaria tiene como objetivo que sean los propios usuarios quienes decidan sus consumos en las distintas franjas horarias del día, lo que permitirá mejorar reducir la distancia entre los picos (máximo consumo) y los valles de la demanda eléctrica global.
Una contratación que tenga en cuenta estos aspectos puede reducir la factura de un consumidor entre el 2 y un 8 por ciento.
Los consumidores que opten por acogerse a este nuevo esquema tarifario tendrán que instalar un contador que distinga dos periodos: punta (10 horas al día) y valle (el resto del tiempo).
Los sistemas de telegestión permiten el intercambio de información entre las empresas distribuidoras y los contadores a distancia, lo que posibilita conocer en detalle la evolución del consumo del cliente durante todo el día y facilita tareas como la lectura del consumo o alta y baja del servicio.
El plazo y el coste de sustituir los millones de contadores que hay en España se detallará en el plan que elaborará la CNE. En principio, el Gobierno estima que el cambio de aparatos se hará, previsiblemente, según su grado de amortización y se comenzará por los de mayor antigüedad.
El texto aprobado hoy refunde toda la legislación existente sobre puntos de medida de electricidad, ya que hasta ahora los consumidores en alta tensión y los de baja tensión tenían normativas distintas.
El precio del alquiler de los nuevos contadores es 0,78 euros al mes, mientras que el de los aparatos tradicionales es de 0,58 euros mensuales, según el Real Decreto que estableció las nuevas tarifas eléctricas que entraron en vigor el 1 de julio pasado. EFECOM
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