CE se felicita sentencia evitará cobrar IVA licencias tercera generación
Bruselas, 27 jun (EFECOM).- La Comisión Europea se felicitó hoy por la sentencia del Tribunal de Luxemburgo según la cual las compañías telefónicas no cobrarán el IVA de las licencias de uso de tercera generación (UMTS).
La portavoz europea de Fiscalidad, Maria Assimakopoulou, recalcó en declaraciones a Efe que el fallo del Tribunal está "en línea con la opinión de la Comisión", en el sentido de que considera que la adjudicación de licencias de telecomunicaciones móviles 3G por parte del Estado mediante subasta no constituye una actividad económica.
La sentencia responde a las demandas de las compañías Radiocommunications Agency, del Reino Unido, y a la austríaca Telekom-Control-Kommission (TCK).
Estas empresas adjudicaron mediante subasta licencias de telecomunicaciones móviles UMTS a varias empresas por un importe total de 22.500 millones de libras (38.000 millones de euros) en el Reino Unido y de 831,6 millones de euros en Austria.
Ahora estas compañías de telecomunicaciones alegan que el otorgamiento de los derechos es una operación sujeta al IVA, por lo que los cánones por el uso de frecuencias estaban gravados por este impuesto.
El Tribunal de Justicia destaca que la actividad efectuada por la TCK en Austria y por la Radiocommunications Agency en el Reino Unido consiste en adjudicar a unos operadores económicos, mediante subasta, derechos de uso correspondientes a determinadas frecuencias del espectro electromagnético.
Esas autorizaciones permiten a los operadores económicos prestar servicios al público en el mercado de las telecomunicaciones móviles a cambio de una contraprestación.
Esta actividad es competencia exclusiva del Estado miembro de que se trate y constituye el medio de poner en práctica las exigencias del Derecho comunitario destinadas, en particular, a garantizar el uso eficaz del espectro de frecuencias y la necesidad de evitar interferencias perjudiciales entre los sistemas de radio y comunicación y otros sistemas.
Pero el Tribunal declara que el otorgamiento por la autoridad reglamentaria nacional responsable de la asignación de las frecuencias de derechos de uso de frecuencias del espectro electromagnético, mediante una adjudicación en subasta, no constituye una "actividad económica" con arreglo a la directiva sobre el IVA. EFECOM
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