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PE aprueba imponer seguro obligatorio para los buques que naveguen en la UE



    Bruselas, 29 mar (EFECOM).- El Parlamento Europeo (PE) dio hoy su visto bueno a dos directivas comunitarias en materia de seguridad para los buques que naveguen por aguas de la UE, la primera de las cuales establece la obligatoriedad de que los armadores suscriban un seguro obligatorio.

    La segunda de las directivas tiene por objeto reforzar las inspecciones de los barcos abanderados en los países de la UE, informó la Eurocámara en un comunicado.

    En relación al seguro obligatorio, los eurodiputados creen que cada estado miembro "debe asegurarse de que todo propietario de un buque" suscribe una garantía financiera obligatoria para proteger a las personas empleadas a bordo", y que la misma cubra también los costes de alojamiento, asistencia médica y repatriación.

    Los eurodiputados acordaron que la indemnización por daños y perjuicios causados por un buque que no disponga de garantías financieras corra a cargo de la naviera y no sea "asumida en ningún caso" por el estado miembro en el que ha ocurrido el accidente.

    Entre los elementos recogidos en el texto se establece la creación de una oficina en la UE para llevar el registro de los certificados de garantía expedidos, su control, la actualización de la validez y la verificación de la existencia de las garantías financieras registradas por terceros países.

    La Eurocámara pidió también la creación de un fondo de solidaridad que cubra "los daños ocasionados por un buque que no haya suscrito garantía financiera alguna".

    Dicho fondo también permitirá "indemnizar a terceras personas que sean víctimas de los daños causados por buques que hayan navegado por las aguas territoriales de la UE" sin el mencionado certificado de garantía financiera.

    La directiva alcanzará a "todos los buques de arqueo bruto igual o superior a 300 toneladas" -aunque el régimen de responsabilidad civil se aplicará a todos los barcos- y dejará fuera del ámbito de aplicación a los de guerra o aquellos que pertenezcan al Estado o estén a su servicio.

    Los estados deberán aplicar sanciones "eficaces, proporcionales y disuasorias" en caso de incumplimiento de la directiva.

    Además, la Eurocámara instó a que todos los estados miembros y un gran número de países ratifiquen el Convenio internacional de 1996 sobre responsabilidad e indemnización de daños en el transporte marítimo de sustancias nocivas y potencialmente peligrosas.

    La segunda directiva aprobada por los eurodiputados subraya que los estados de la UE deben garantizar la investigación de los siniestros que se producen, así como la aplicación de "las medidas adecuadas y oportunas para paliar las deficiencias que se detecten".

    Entre otros elementos de la directiva, la Eurocámara aprobó que, a modo de condición previa para el registro de un buque por primera vez, los estados miembros se cercioren de que dicho barco cumple las normas internacionales.

    Asimismo, respaldó que las inspecciones suplementarias se exijan a los buques que se hayan mantenido en el registro de un estado miembro durante menos de dos años y hayan sido inmovilizados en algún momento durante los últimos doce meses.

    La base de datos de cada estado miembro comprenderá información de cada buque registrado, con la fecha de inscripción y, en su caso, de baja del registro, así como el resumen de deficiencias, inmovilizaciones, inspecciones y auditorías realizadas.

    Además, el texto añade que las inspecciones suplementarias no serán necesarias para los buques a los que se haya asignado un perfil de riesgo bajo. EFECOM

    ava/lgo