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Condenan Caja Madrid-Mapfre devolver depósitos cancelados sin permiso titular



    Madrid, 21 dic (EFECOM).- La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado al banco de servicios financieros Caja Madrid-Mapfre a devolver a un cliente los importes aportados a dos depósitos a plazo fijo (48.000 euros) que habían sido cancelados sin su permiso hace siete años, así como a las costas y los intereses correspondientes.

    Así lo puso de manifiesto hoy la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC) que criticó la postura "poco transparente y dilatoria" de la entidad, que ha "incumplido" el deber de custodia del patrimonio de un cliente al permitir la cancelación de los depósitos sin su autorización.

    Según explicó el letrado de la asociación en Salamanca Antonio Acosta, el cliente depositó 48.000 euros en dos depósitos en abril de 1999 y cuando pretendió disponer de los fondos al cumplir el plazo fijado, tres años más tarde, se encontró con la "desagradable sorpresa" de que el banco le decía que habían sido cancelados.

    A pesar de que requirió insistentemente a Caja Madrid-Mapfre que le explicase dónde estaban los fondos y qué había pasado con el dinero depositado, la entidad optó por "dilatar" la respuesta y negarse a aportar ningún tipo de documentación sobre cómo o quién había dispuesto de las cantidades que le había confiado.

    Ante esta situación, acudió al servicio de reclamaciones del Banco de España que en septiembre de 2002 redactó un informe en el que señalaba que la entidad "a pesar de nuestros reiterados requerimientos" para que aportase documentos "no ha remitido documentación alguna".

    La actitud de la caja -se agrega- ha sido "poco transparente, dilatoria y manifiestamente incorrecta" y "merece ser calificada como una actuación contraria a la normativa de disciplina" al no querer colaborar con este servicio del Banco de España, al tiempo que considera que la situación generada es "inaceptable".

    El servicio de reclamaciones del organismo supervisor destaca que una caja no puede negarse a facilitar información al reclamante sobre el destino de los fondos que le fueron confiados, así como sobre la identidad de la persona que canceló dichas imposiciones y la fecha en la que se produjo, por lo que estima que la entidad ha contravenido "los más elementales principios de claridad y transparencia".

    Sin embargo, lamenta AUSBANC, Caja Madrid-Mapfre "mantuvo su actitud" y no aportó "ningún tipo de documento", por lo que el afectado acudió a los tribunales y reclamó el dinero aportado, logrando sentencia favorable en primera instancia en mayo de este año, resolución que la entidad recurrió ante la Audiencia.

    Acosta se congratuló de que el fallo haya sido ratificado en segunda instancia y que cree "jurisprudencia menor", frente a las "artimañas" de la entidad y el "modo tan burdo" en el que presentó ante la justicia documentación sobre extractos, "a los que no se dio valor" y que tenían el membrete con su actual nombre, en lugar del de Banco Mapfre, que es cómo se llamaba cuando comenzó el caso.

    También destacó que junto a los 48.000 euros, la entidad tiene que abonar los intereses correspondientes a los depósitos, el interés legal correspondiente desde la fecha de las ilícitas cancelaciones y los intereses de demora procesales, lo que supone un total de 70.453,14 euros, más las costas judiciales (12.000 euros). EFECOM

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