UE apoya monopolios prohíban importación privada de bebidas
Bruselas, 30 nov (EFECOM).- El abogado general de la UE, Paolo Mengozzi, afirmó hoy que es lícito que los monopolios estatales para la venta de bebidas alcohólicas, como el que funciona en Suecia, prohíban la importación privada de esos productos, "siempre que no discriminen" a los de otros países.
El letrado de la UE se pronunció hoy sobre una denuncia presentada por 11 particulares suecos, a los que el monopolio de ese país para la venta de alcohol al por menor -"Systembolaget"- les confiscó varias cajas de vino importadas por correo, de las que una parte habían sido encargadas a un productor español.
El -"Systembolaget"- para la importación y distribución de bebidas alcohólicas fue creado con el argumento de proteger a los consumidores de los efectos negativos del alcohol, tiene un catálogo de productos y no permite la importación privada, pero sí que los particulares le encarguen una bebida específica.
Al igual que Suecia, el sistema de monopolio en la venta minorista de alcohol funciona en Finlandia y en Noruega (no pertenece a la UE), por lo que este caso puede tener influencia en la libre distribución de vino y bebidas espirituosas en Europa.
Los demandantes acudieron a los tribunales porque las autoridades suecas les habían confiscado vino comprado por una parte a través de la página web de un empresario danés y por otra a un productor español.
El Abogado manifestó que el monopolio sueco puede prohibir la compra privada, porque esto sería compatible con las normas de la UE sobre libre circulación.
Argumentó que los denunciantes efectuaron directamente pedidos a un distribuidor o productor extranjero, sin ni siquiera encargar a Systembolaget que lo hiciera, lo que va contra la ley sueca.
En este sentido, el letrado concluyó que la prohibición de la compra privada está "intrínsecamente ligada" al sistema instituido por la regulación sobre bebidas alcohólicas en Suecia.
Señaló que las leyes de la UE establecen que en un Estado miembro haya un monopolio nacional comercial, debe excluirse la discriminación de los productos procedentes de otro país y en este caso, el Abogado cree que no ha habido esta desigualdad.
El letrado alegó que la importación de bebidas por particulares "por sí sola", no perjudica los productos de otros Estados miembros, sino que los coloca en el mismo nivel que los nacionales.
Recordó que en Suecia, la adquisición privada de bebidas tanto nacionales como de otros países puede hacerse en las tiendas y puntos de venta de Systembolaget y si no están disponibles, "deben encargarse por medio de esa sociedad".
Sin embargo, aunque el monopolio pueda negarse a realizar un pedido "por motivos graves", esta prohibición sólo será compatible con las leyes de la UE si se hace de una manera "no discriminatoria" respecto a productos de otros Estados miembros, según insistió el abogado comunitario.
Las conclusiones del Abogado de la UE no son vinculantes, pero el Tribunal de Justicia comunitario suele seguirlas en la mayoría de los casos a la hora de dictar sentencias finales.
En esta ocasión, es la segunda vez que se pronuncia un letrado sobre el litigio contra el monopolio sueco, ya que fue examinado anteriormente por otro Abogado de la UE, en marzo, quien por el contrario dijo que prohibir la importación privada de bebidas vulnera las reglas comunitarias.EFECOM
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