Fragueiro discrepa multa impuesta por Noruega barcos españoles
Madrid, 28 nov (EFECOM).- El secretario general de Pesca Marítima, Juan Carlos Martín Fragueiro, manifestó hoy su discrepancia con la resolución dictada por el Tribunal Supremo de Noruega, que confirma la multa de 169.000 euros a dos pesqueros españoles por infringir las leyes de ese país en el Océano Artico en 2004.
Fragueiro, quien hizo estas declaraciones tras inaugurar en Madrid el Seminario Internacional de Acuicultura Marina, aclaró que a pesar de disentir con la citada resolución "respeta las decisiones judiciales" de las autoridades noruegas.
Reconoció que para el Gobierno "no es una buena noticia", pero precisó que existen otras instancias a las que se puede acudir y que España seguirá con la vía de negociación bilateral para resolver el contencioso con Noruega, sin descartar la vía judicial.
Los barcos Olaberri y Olazar, pertenecientes a la armadora vasca Pesquera Laurak BAT S.A., fueron detenidos en mayo del 2004 por la Marina noruega en aguas alrededor del archipiélago de Svalbard, cuya soberanía reivindica el país escandinavo.
El barco faenaba en una zona de protección pesquera de 200 millas náuticas en torno al Svalbard, bajo cuotas de mil toneladas de bacalao asignadas por la Unión Europea y Noruega.
El país nórdico estableció esa delimitación marina unilateralmente en 1977.
El tribunal de primera instancia de la ciudad de Tromso, al Norte de Noruega, falló en diciembre del 2004 contra Pesquera Laurak S.A., tras hallar probado que los pesqueros no declararon o registraron incorrectamente unas partidas de 76, 24 y 90 toneladas de bacalao.
El tribunal de apelación de Tromso condenó meses después a la compañía española a pagar una sanción de 1,4 millones de coronas (169.000 euros) proporcional a las capturas ilegales.
Los capitanes de las embarcaciones fueron sancionados con multas de 20.000 y 30.000 coronas (2.400 y 3.600 euros), decisión que ayer refrendó el Supremo.
La defensa adujo ante ese tribunal que las fuentes del derecho internacional, como la costumbre y la Convención del Derecho del Mar de 1982, así como el derecho interno noruego no fundamentan el establecimiento de una zona de protección pesquera más amplia que el concepto de "Zona Económica Exclusiva". EFECOM
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