De la Mata concluyó que la prisión era necesaria porque estaba gestionando su patrimonio y destruyendo pruebasLa Audiencia Nacional ha dejado en libertad bajo fianza de tres millones de euros a Jordi Pujol Ferrusola. Tras contradecir al juez José de la Mata, que consideraba necesaria la prisión para evitar la destrucción de pruebas y la ocultación de su patrimonio, la Sala de lo Penal ha admitido parcialmente un recurso presentado por el primogénito del clan, entendiendo que el pago de la caución "serviría para salvaguardar los rendimientos del capital sustraído al control de la Hacienda" pública y es "proporcional" a los delitos que se persiguen. A juicio de los magistrados Alfonso Guevara, Ángeles Barreiro y Ana María Rubio, con los 3 millones de euros se garantiza, además, que el investigado "no actuará ni por sí, ni por medio de otras personas físicas o jurídicas en otras jurisdicciones". El auto de abril Es una decisión que contradice totalmente el auto por el que el titular del juzgado de instrucción número 5 envió a prisión el pasado mes de abril a Pujol Ferrusola. De la Mata, que volvió a rechazar en mayo su salida de la cárcel, consideró ya hace dos meses que, durante el último año, especialmente, el hijo del expresidente catalán había "continuado realizando toda clase de actividades y alcanzando acuerdos con socios, amigos y testaferros, para ocultar bienes y ponerlos fuera del alcance de los tribunales, y para dificultar el acceso a las pruebas". Para el juez, persistían en el caso "patrones de comportamiento, pautas de actuación, instrumentos y herramientas empleados para generar, ocultar y blanquear activos". En el auto dictado el pasado 25 de abril de 2017 se reflejaban los indicios de que Pujol Ferrusola "habría utilizado entramados societarios diseñados con la específica finalidad de blanquear capitales fuera de España y repatriarlos, así como distintos testaferros o fiduciarios que le habrían permitido disponer de cuentas corrientes en otras jurisdicciones (México, Andorra, EEUU, Paraguay, Argentina y Panamá) y realizar inversiones utilizando diversas compañías instrumentales". La Sala ha ordenado ahora que una vez se deposite la fianza sigan vigente la retirada del pasaporte y la prohibición de salir de España.