La patronal, que ha absorbido a Asintra y Fedebus, analiza recurrir la sentenciaLas patronales del transporte de pasajeros por carretera, Asintra y Fenebus, han dado el último paso para unir sus fuerzas definitivamente en su guerra abierta contra el "mal llamado consumo colaborativo", "la competencia intermodal" y las bajas temerarias en los concursos de líneas de autobuses, que se van a acelerar este año. Así, ambas patronales han decidido desaparecer e integrarse en Confebus, que se creo en 2014 como un primer paso hacia una alianza, y así tener una única voz para defender los intereses del sector en un momento en el que ha sufrido su primera derrota judicia contra Blablacar por competencia desleal. "Ante los grandes retos que tenemos por delante, ambas federaciones hemos decidido cesar nuestras actividades e integrar nuestras organizaciones y empresas a todos los efectos en Confebus para la defensa y representación del sector", asegura la asociación en una carta enviada ayer a los socios y medios de comuniación y que está firmada por sus dos copresidentes: Rafael Barbadillo (Asintra) y Juan Calvo (Fenebus). Aunque fuentes cercanas a la asociación aseguran que no estaba previsto hacer oficial la fusión el mismo día que se ha hecho pública la sentencia que declara legal la actvidad de Blablacar y niega que realice una actividad como medio de transporte público, lo cierto es que la asociación va a continuar su lucha contra la competencia desleal y el mal uso de las economías colaborativas. Así, fuentes de Confebus han asegurado a este diario que están estudiando recurrir la sentencia, para lo que tienen un plazo de unos veinte días. "Es muy probable que se recurra pero primero tenemos que analizar bien la sentencia", explicaron fuentes de la asociación. "Nuestro objetivo es dotar al transporte de viajeros por carretera de la visibilidad que se merece en las instituciones y en la sociedad en general, con el fin de mejorar el desarrollo de nuestra actividad", concluye la nueva sociedad. "No es un negocio" A pesar de que hay particulares que usen la plataforma de Blablacar para desarrollar una actvidad comercial de transporte de pasajeros, la justicia ha asegurado que en la mayoría de los casos los usuarios "no persiguen ánimo de lucro" y que el objetivo de la aplicación no mover personar por lo que el servicio queda excluido de la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT). En este punto, la sentencia da por buenos los argumentos de la defensa, liderada por el despacho de abogados Pérez Llorca, de que la empresa Comuto Iberia "impide el uso lucrativo de la plataforma". Según alegan, la dueña de Blablacar calcula el trayecto y sienta como referencia para el conductor un precios de 0,06 euros por kilómetro, un valor inferior a lo que entiende la Administración pública de lo que es el coste del uso de un vehículo privado, que lo fija en 0,19euros por kilómetro (algunas comunidades que lo fijan en 0,22). Y además recomienda a los posibles usuarios que no paguen demás indicando a los más baratos sonre los más caros. "Los conductores no están contratados por Blablacar, ni pertenecen a una empresa o a una industria dedicada a este fin" sino que "son particulares que por su cuenta y riesgo se ofrecen a la plataforma buscando a personas que tengan interés en realizar ese mismo viaje y pagar, no en el sentido de pagar un canon o un servicio, sino de pagar el coste de un viaje", apunta la sentencia.