La Audiencia Nacional ha anulado la multa de 500.000 euros que impuso el Ministerio de Economía al banquero Jaime Botín por ocultar sus acciones en Bankinter porque fue impuesta "haciendo caso omiso" a que el procedimiento sancionador había superado los dieciocho meses legales. La Sala de lo Contencioso estima así el recurso que interpuso el hermano del fallecido Emilio Botín contra la sanción que le fijó Economía el 11 de octubre de 2013 a propuesta de la CNMV, que apreció una falta "muy grave" por ocultar que su participación real en Bankinter era de casi el 23 por ciento y no del 16,3 por ciento. Además, obliga al departamento que dirige Luis de Guindos a publicar en el BOE esta sentencia.