Los contribuyentes que quieran solicitar al fisco lo que han pagado por este impuesto cuando llenaron el depósito de sus vehículos sólo podrán hacerlo por lo pagado entre marzo de 2010 y diciembre de 2012, dado que el resto de ejercicios fiscales ya están prescritos. Sólo empresas y autónomos Exigir la devolución de lo injustamente pagado obliga al contribuyente a presentar las facturas de las diferentes gasolineras donde se haya repostado, algo que sólo las empresas dedicadas al transporte y algunos autónomos estarán, previsiblemente, en posición de hacer. No sirven los tickets La presentación de un simple ticket no sirve en este caso, porque no viene el desglose del impuesto pagado y, a su vez, para las estaciones de servicio sería un trabajo burocrático inmenso que, según los técnicos de Hacienda, las "empantanaría". Pedirla en la gasolinera En el caso de que algún contribuyente se arme de paciencia y consiga que las gasolineras le entreguen las facturas de lo pagado indebidamente, bastará con dirigirse a cualquier oficina de la Agencia Tributaria de la comunidad en la que pagó el impuesto y solicitar la devolución de ingresos indebidos, tipificada en la normativa fiscal, y presentar todas las facturas que haya recopilado. Vía administrativa En caso que la administración deniegue la devolución de ingresos fiscales indebidos con la acreditativa del pago del impuesto (las propias facturas), el acto administrativo obtenido podría ser objeto de sucesivos recursos, primero ante la vía administrativa y, una vez agotada la misma, en vía contencioso-administrativa. Responsabilidad patrimonial Otra vía jurídicamente abierta sería la de reclamación de una indemnización por existencia de Responsabilidad Patrimonial de la Administración por actos legislativos que el ciudadano no tenga el deber jurídico de soportar, como sería este caso, según apunta el bufete Gold.