Un tribunal anula el blindaje de Félix Gullón como director general de la empresa al considerarlo un "fraude" valladolid. Varapalo judicial a Félix Gullón, uno de los tres hijos que se amotinaron contra su madre en Galletas Gullón para arrebatarle el control de la compañía. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el blindaje que Félix Gullón, principal cabecilla de la revuelta familiar, se impuso cuando accedió a la dirección general de la galletera al considerlo "ilícito" y un "fraude" contra la empresa, ya que se acordó "en claro abuso de derecho". La sentencia rebaja sustancialmente la cuantía que le debe abonar la empresa en concepto de indemnización. En octubre de 2009, y en contra del criterio de su madre -la principal accionista de la compañía-, los hermanos Gullón destituyeron a Juan Miguel Martínz Gabaldón y nombraron a Félix director general. Éste se blindó su contrato con una indemnización de dos anualidades (cada año cobraba 130.000 euros más un variable del 1 por ciento de los beneficios antes de impuestos) y el derecho a recibir el 75 por ciento del salario si volvía a su anterior puesto de director de Ventas. Según el fallo, Félix Gullón firmó dicha claúsula de blindaje, en un momento de "conflictividad" en la compañía con el fin de asegurarse una elevada indemnización en el caso de ser cesado como director general, hecho que ocurrió una vez que su madre María Teresa Rodríguez Sainz-Rozas recuperó el control de la compañía. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León considera que "no era un blindaje de un tercero de buena fe" y afirma que es "evidente" que dicha cláusula no tenía la finalidad de garantizar al directivo una estabilidad en el puesto de trabajo para el que había sido contratado, "cuando se sabía que en la primera junta de la sociedad sería removido de su cargo por la mayoría del capital social". Por ello, según señala la sentencia, la cláusula sólo puede ser considerada como "una fórmula para obtener una indemnización por cese sustancialmente elevada en el momento en que se produjera el hecho cierto de su destitución". En consecuencia, el tribunal declara nula dicha cláusula de blindaje y anula todas las condiciones económicas que en ella se recogían, incluida la del aseguramiento de un 75 por ciento de la remuneración total anual si se reincorporaba a su puesto de director de Desarrollo de Negocio y Ventas de la compañía. No obstante, el TSJ concede a Félix Gullón 3.212 euros brutos como indemnización y 15.410 en concepto de incumplimiento del plazo de preaviso.