Considera que Economía sólo revisará los contratos de 1992 con las gasolinerasmadrid. Cepsa considera que la sentencia del Tribunal Supremo sobre las estaciones de servicio carece de efecto alguno para el futuro de las relaciones contractuales con la red de estaciones de servicio de la petrolera. En opinión de la compañía, el tribunal declara que no incide en ningún aspecto sobre la situación posterior a 2001.La reapertura del expediente, dictada por el Tribunal Supremo, sólo implicará, a juicio de la petrolera, que se revisen los contratos de 1992. Cepsa considera que, por lo tanto, no dará lugar a ningún pronunciamiento sancionador en relación con dichos contratos.El pasado 17 de mayo, la petrolera recibió la notificación de esta sentencia dictada por la sala Tercera del Tribunal Supremo, a raíz de un Recurso de Casación interpuesto por la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio contra la decisión adoptada por la Audiencia Nacional, que había confirmado el sobreseimiento parcial de la decisión del Tribunal de Defensa de la Competencia. En este recurso de casación había sido planteada la cuestión prejudicial que fue resuelta por el Tri de Luxemburgo.