UPyD pregunta si la AEAT ordenó a su delegación de Cataluña no devolver de oficio ingresos excesivos
MADRID, 6 (EUROPA PRESS)
Así consta en una pregunta escrita que el diputado de la formación magenta ha registrado en el Congreso, y a la que ha tenido acceso Europa Press, sobre los ingresos excesivos o duplicados, que son las cantidades que por alguna razón no se ha podido aplicar a una liquidación tributaria y que las delegaciones de la Agencia tienen que "depurar y tramitar" para proceder, en su caso, a devolver el dinero a los contribuyentes.
Con carácter general, la Administración tributaria verifica uno a uno los expedientes de ingresos excesivos pendientes para saber su procedencia y calcular si hay que compensar al contribuyente. En este caso, se comprueba la posible existencia de deudas pendientes, en cuyo caso se detrae la cantidad del ingreso excesivo de esa cuantía, o si se debe devolver de oficio el dinero al ciudadano si se constata que la cantidad está en poder de la Hacienda Pública de forma improcedente.
PROCEDIMIENTO "OPACO"
Todo un proceso "opaco" para los contribuyentes, que no pueden acceder a esta información ni verificar su corrección en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, denuncia Anchuelo, subrayando que la única opción que tienen es "fiarse" de que la Administración le devolverá cualquier cantidad sobrante que haya a su favor en un plazo que no conlleve su prescripción.
"Este sistema ha permitido que en algunos casos se dictaran instrucciones por responsables de la AEAT prohibiendo expresamente devolver de oficio estos ingresos a los contribuyentes. Es decir,, que sólo se devolvieran en caso de solicitud expresa, algo difícil dado que no existen instrumentos para llegar a conocer su existencia", critica el diputado.
Por eso, pregunta al Ejecutivo si ha tenido que "modificar una instrucción en la Dependencia Regional de Recaudación de Cataluña que impedía las devoluciones de oficio de los ingresos excesivos y duplicados" y si tiene intención de modificar el actual sistema de devolución de esos ingresos para que "haya más transparencia y proteger los derechos de los contribuyentes".
ACCESO A LA INFORMACIÓN A LOS TRES MESES
En este sentido, hace incluso la propuesta de fijar un plazo "razonable" de tiempo desde la fecha del ingreso (tres meses, por ejemplo) a partir del cual el contribuyente pueda consultar su información para saber si tiene pendientes de depurar ingresos excesivos y por qué cuantía.
Además, el diputado de UPyD exige al Gobierno que tenga "especial atención y diligencia" con los casos de contribuyentes fallecidos y otros supuestos de sucesión, respecto de los que "ha de garantizarse que los beneficiarios tengan la seguridad jurídica de que se está aplicando la normativa en toda su extensión mediante la adopción de los preceptivos actos administrativos expresos una vez realizadas las comprobaciones oportunas".
Finalmente, el portavoz parlamentario reclama información desglosada por comunidades autónomas sobre el número de expedientes e importes relativos a los ingresos excesivos o duplicados desde junio de 2011 a finales del año pasado que se han devuelto, así como los que se han pasado a 'recursos eventuales' u otros conceptos, especificando cuántos han prescrito y por qué cantidades.