Motor
500 euros y 3 puntos del carnet: así será la multa por llevar dispositivos para la detección de radares
- La sanción tendrá el visto bueno del Congreso a lo largo de este año
- Hasta ahora solo está penado el uso de estos dispositivos, no llevarlos
- En caso de que inhibiese la señal del radar, la infracción es muy grave
Ecomotor.es
La Dirección General de Tráfico (DGT) continua dando pasos hacia la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Un documento que está aún en proyecto, pero que se espera que tenga el visto bueno del Congreso de los Diputados a lo largo de este año, con el objetivo de cambiar ciertos aspectos que darán más fiabilidad en la carretera. Entre ellos, un endurecimiento de las multas donde se enfoca la sanción por llevar dispositivo de detección de radares y cinemómetros.
Hasta ahora penado solo en su uso, los sistemas para ver dónde hay un radar de tráfico ya tendrán multa solo con ir en el coche (independientemente de que esté en funcionamiento o no). Así lo ha remarcado la DGT en sus redes sociales, recordando uno de los puntos de la nueva reforma que ya era conocido.
Todo con el objetivo de advertir a los conductores más 'pillos' del peligro que puede suponer anticiparse a un radar para reducir ahí la velocidad. Un hecho, el de ir más rápido de lo permitido y frenar en 'el momento de la foto', que también se tratará de evitar con la incorporación de radares móviles antes de los fijos.
Así pues, el nuevo texto endurecerá la pena por vigilar estos aparatos de Tráfico y conllevará 500 euros y 3 puntos del carnet de conducir. Considerada una pena grave, la institución que dirige Pere Navarro quiere de esta forma poner fin a todo dispositivo de deducción en la carretera, funcione o no en el momento en el que se caza por los agentes.
¿Qué hace un detector de radares?
Como su nombre indica, estos dispositivos están fabricados para la detección de un radar, avisando al conductor. Un sistema que identifica la frecuencia del cinemómetro, mandando una señal para que el piloto esté atento a un control en carretera.
Sin embargo, lo que no hacen estos aparatos es inhibir el radar, es decir, anular la señal bloqueando su acción para que no multen cuando un vehículo pasa por encima de la velocidad permitida. Un dispositivo que es mucho más peligroso y que catalogado como infracción muy grave, tiene una multa de hasta 6.000 euros y seis puntos del carnet.
Por otro último, hay que diferenciar entre un detector de radar y un avisador (sistema que lleva integrado por ejemplo Google Maps). Este servicio solo consulta la base de datos de la DGT, indicando la posición de un radar que en la mayoría de los casos suele ser fijo. Su uso no está penado, aunque sí conviene no distraerse con él durante la conducción.
Otras multas que cambian
Junto a la infracción por detección de radares y cinemómetros, la nueva ley incluirá modificaciones también en otras tres multas:
- Se aumenta de tres a seis el numero de puntos que se eliminarán del carnet por conducir con un teléfono en la mano mientras se está al volante.
- Se aumentará de tres a cuatro puntos la sanción por no usar todos los dispositivos de seguridad, así como por no usarlos de la manera correcta. Esto implica el uso del cinturón de seguridad, cascos o sistemas de retención infantil.
- Se establece como infracción muy grave con una sanción de 500 euros y seis meses de prohibición para este tipo de exámenes el fraude en pruebas de permisos de conducir mediante el uso de dispositivos electrónicos de intercomunicación no autorizados.