El Congreso aprobó por unanimidad el jueves el proyecto de Ley de Reforma del Mercado de Valores para la modificación del régimen de ofertas públicas de adquisición que establece la obligatoriedad de lanzar una oferta por la totalidad de una compañía cuando se haya adquirido, al menos, el 30% de los derechos de voto de una sociedad. Previsiblemente, la ley entrará en vigor cuatro meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Ese es el plazo de tiempo del que dispone el Ministerio de Economía y Hacienda para elaborar el reglamento que desarrollará posteriormente la ley. Las principales novedades de la nueva normativa radican en que las opas obligatorias sólo se realizarán por el cien por cien del capital, eliminándose la obligación actual de presentar opas parciales, aunque se podrán presentarse de modo voluntario. Para facilitar el tránsito del régimen vigente al propuesto en el proyecto de ley se establece que cuando un accionista ya cuente a la entrada en vigor de la ley con un porcentaje de derechos de voto de entre el 30 y el 50%, debe formular una OPA por el cien por cien cuando alcance el 50% de los derechos de voto o cuando aumente su participación en un 5% en un año. Este cambio se introduce para evitar que un accionista pueda tener el control de una sociedad sin lanzar una OPA por la totalidad del capital. Entre las principales novedades introducidas en la tramitación parlamentaria figura la obligación de que un accionista tenga que presentar una oferta por la totalidad de una compañía cuando haya nombrado a más de la mitad de los consejeros. Para que el consejo de administración de una sociedad pueda adoptar una medida defensiva para impedir el éxito de una oferta (blindaje) es necesario el voto de una mayoría cualificada de la junta general de accionistas.