Al montar mi empresa, ¿qué forma jurídica tiene que tener?

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Son muchos los retos que un emprendedor debe afrontar cuando decide montarse su propia empresa. Desde una primera idea hasta tener bien diseñado el plan de empresa, pasando por definir muy bien el modelo de negocio, su rentabilidad, y la forma de dar beneficios no solamente dinerarios pero también de utilidad para la sociedad. Cuando uno empieza, se plantea la forma jurídica que debe tener su proyecto y a veces se le dedica demasiada importancia a la misma, desviando recursos, energía y tiempo en determinar el formato del proyecto desde su vertiente contractual.

Hablaremos hoy de la forma que tiene que tener la empresa, si Sociedad Limitada (S.L. o S.L. Unipersonal) o Sociedad Anónima (S.A.), o hacerse autónomo y facturar y empezar la actividad como tal. Hay otras formas jurídicas pero estas son las más corrientes cuando uno empieza como emprendedor. Y la duda le viene a la hora de decantarse por una u otra nomenclatura y lo que tal decisión acarrea.

La gran mayoría de los proyectos de emprendedores son impulsados por una única persona: el promotor y fundador. Los recursos que le dedica en su inicio no sobrepasan los 50.000€ (e incluso menos) y en la gran mayoría de las veces empieza solo. He aquí una serie de recomendaciones para empezar como emprendedor y abaratar los costes administrativos, dar efectividad y profesionalidad y actuar con todos los mecanismos legales existentes.

  • Registrar una marca comercial para el proyecto
  • Dar de alta el dominio en Internet de dicha marca
  • Crear logos y diseño gráfico de la web y de elementos de promoción-comunicación representativo del proyecto (firma digital, presentaciones de la empresa ppt, etc.)
  • Empezar como autónomo. Darse de alta solamente cuando se empieza a facturar al primer cliente.
  • Al operar con clientes (acción comercial), realizar las actividades de marketing o cualquier acción de la empresa, se utilizará la marca y no el nombre del autónomo.
  • Cuando se factura a los clientes, se utiliza el logo de la empresa y en letra pequeña los datos registrales del autónomo o de la sociedad cuando esté operativa.
  • Constituir la sociedad limitada (S.L.U.) cuando la facturación supere los 75.000€. Se seguirá utilizando el nombre comercial y no el de la sociedad ya que nos siempre coincidirá.

Si sigues estos pasos, podrás operar con toda profesionalidad, pagando lo mínimo en cuanto a impuestos, logrando los máximos beneficios fiscales y mostrando una excelente imagen de empresa a tus clientes y en el mercado en el que operas.

3 Responses to “Al montar mi empresa, ¿qué forma jurídica tiene que tener?”

  1. andoni

    Estoy totalmente de acuerdo.coincido en todos los pasos y sobre todo, con el orden que pones.
    simplemente, añadiría un tema: las subvenciones. Sin que sea lo más importante, ni hay que hacer que el proyecto se aclmate a ellas si no corresponde, es cierto que hay que estudiarlas.
    cuantas veces un profesional (sobre todo) comienza su trabajo sin pedir ninguna subvención.. y a veces las hay: diputaciones, gobiernos autonómicos, y para todos los parados: el inem.

  2. Rina

    Hola estoy viendo la manera de empezar una empresa de consultoria, y estoy haciendo un formato para manejar en mi base de datos de las empresas que me contraten o que tal vez lo hagan, me podrias dar algunos datos que le puedo agregar a mi formato? soy de Tamaulipas de la frontera, y el ramo fuerte en el que me desempearia es en Maquiladora. me ayudarias bastante saludos.

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