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Nuevo revés judicial para Diego 'El Cigala': condenado a más de dos años de cárcel por malos tratos a su exmujer
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Informalia
La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado la sentencia que condena al cantaor flamenco a dos años y un mes de prisión por varios episodios de malos tratos contra su exmujer, Dolores Méndez. El tribunal ha rechazado todos los recursos presentados, tanto por su defensa como por la acusación particular, dejando firme la condena dictada en diciembre.
La sentencia original, dictada en diciembre de 2024, no dejó nada al azar. El tribunal ya había condenado al cantaor hasta en tres episodios distintos de agresión. Primero, por un episodio de maltrato en un hotel de Jerez en el que se le impuso seis meses de prisión. Después, una segunda agresión en un hotel de Palafrugell, en Girona, con ocho meses más de cárcel. Y para rematar, un tercer episodio con maltrato agravado en su propia casa de Jerez, donde vivía con sus hijos, que supuso una pena adicional de 11 meses. Además de la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de ella por un plazo de dos años, una agravación que aplica porque los hechos ocurrieron en presencia de los hijos en el domicilio familiar. También lo condenó por un delito leve y continuado de vejaciones en el ámbito doméstico y le impuso 25 días de localización permanente, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, y la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 200 metros de la víctima por un plazo de seis meses.
Tras el juicio celebrado el día 7 de noviembre de 2024, la magistrada lo absolvió de un delito de maltrato agravado en el ámbito de la violencia sobre la mujer por unos hechos ocurridos en el aeropuerto de Punta Cana. No consideró probado que, cuando la mujer estaba con su hijo en brazos esperando un vuelo en este aeropuerto, el acusado se acercara a ella, la agarrara del brazo y la zarandeara al tiempo que le recriminaba que se fuera de viaje. Los informes periciales de los expertos en violencia de género determinaron que la denunciante no presentó síntomas psicológicos. A partir de esto, la magistrada dejó claro que, en este caso, solo se pudo valorar la petición de una indemnización por secuelas psicológicas concretas. Es decir, no se contempló ninguna compensación por daño moral u otros conceptos, ya que, según la ley, solo se juzga lo que la parte afectada solicita expresamente.
El recurso de la defensa
La defensa de Diego 'El Cigala' recurrió la sentencia alegando que la jueza se habría equivocado al valorar las pruebas. En concreto, argumentaban que las pruebas no eran lo suficientemente sólidas como para desmontar la presunción de inocencia del artista, y ponían en duda que el testimonio de la víctima cumpliera con los requisitos que exige la ley para considerarse prueba válida. Además, por si se mantenía la condena, también se quejaban de que las penas impuestas no estaban bien justificadas. Sin embargo, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial no les dio la razón. Explicaron que no podían valorar los testimonios escuchados en el juicio original porque no presenciaron directamente las declaraciones (es decir, faltaba la cercanía e interacción necesarias para reanalizarlos). Como no encontraron nuevos datos objetivos que cambiaran los hechos que ya se habían dado por probados, el tribunal decidió mantener la resolución original.
Además, recordaron que el Juzgado de lo Penal había considerado el testimonio de la víctima como "claro, coherente y persistente", ya que coincidía en todos los detalles con lo que declaró anteriormente ante la policía, el juzgado de instrucción y los peritos forenses. También valoraron que la jueza había analizado con detalle cada uno de los ocho episodios denunciados, señalando cuáles estaban respaldados por pruebas externas y cuáles no. Solo se consideraron probados aquellos que estaban bien corroborados, y se descartaron los que no, aplicando el principio de "en caso de duda, a favor del acusado".
Lo que dice la sentencia ya confirmada
La sentencia explica que el trabajo de la jueza fue minucioso y ajustado a la ley, señalando que, en algunos puntos, su análisis fue de una precisión casi quirúrgica y siempre fiel a la doctrina legal aplicable. Aún así, la defensa del artista pretendía que el tribunal revisara y cambiara esa valoración por la suya propia, algo que el tribunal rechazó, recordando que ellos no estuvieron presentes en el juicio para valorar de primera mano las pruebas personales, como los testimonios.
En cuanto al fondo del asunto, la jueza consideró probado que la relación entre Diego 'El Cigala' y su exmujer empezó a deteriorarse cuando ella se quedó embarazada de su primer hijo. Desde entonces, las discusiones fueron frecuentes. Uno de los episodios más graves ocurrió en el verano de 2017, durante una estancia en un hotel de Jerez, donde, tras una fuerte discusión, el cantaor le propinó una bofetada en la cara.