El día 25 de marzo, presentándose en la mesa electoral que le ha sido asignada. Entre los días 6 y 13 de febrero puede comprobar que los datos que figuren en el censo electoral sobre su persona sean los correctos. En el momento de la votación deberá presentar el original de su DNI.
El plazo de solicitud del voto por correo se abre el 31 de enero y se podrá ejercer hasta el 15 de marzo. Para ello deberá personarse en cualquiera de las oficinas de Correos con su DNI para pedir el impreso de solicitud del voto.
Una vez entregado, la oficina del censo le hará llegar la documentación junto con las diferentes papeletas de los partidos políticos; ésta deberá ser recogida también de manera presencial por el solicitante.
El plazo para enviar su voto por correo va del 5 al 18 de marzo. Tenga en cuenta que una vez realizada la solicitud no podrá ejercer el derecho al voto de manera presencial.
Localiza tu oficina de correos http://www.correos.es/comun/oficinasbuzones/1030-inicial.asp
Los españoles que residen permanentemente en el extranjero y que están inscritos en el Censo Especial de Residentes Ausentes en el Extranjero (CERA), pueden ejercer su derecho de sufragio el próximo 25 de marzo de 2012 en las elecciones autonómicas.
Los electores deberán remitir la solicitud del voto a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en que estén inscritos no más tarde del día 25 de febrero de 2012. Habrán de acompañar a dicha solicitud fotocopia del pasaporte o del DNI expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificación de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matricula Consular expedidas por el Consulado de España en el país de residencia.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral les remitirán, hasta el día 13 ó 20 de marzo de 2012 (dependiendo de la presentación o no de recursos contra las candidaturas en la circunscripción correspondiente) las papeletas y sobre o sobres de votación, así como dos certificados idénticos de estar inscrito en el Censo de Residentes Ausentes, un sobre en el que debe figurar la dirección de la Junta Electoral competente y otro con la dirección de la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Misión Diplomática en la que están inscritos.
A partir de aquí, puede optar:
Web del Ministerio de asuntos exteriores: http://www.maec.es
Web de elecciones del Principado de Asturias: http://www.elecciones2012.asturias.es
Los electores que se encuentran temporalmente en el extranjero entre la convocatoria de un proceso y su celebración y desean ejercer su derecho de sufragio pero no están inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el Extranjero deberán cumplimentar un formulario que se encuentra a disposición de los electores en los consulados y en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores (www.maec.es)
La solicitud cumplimentada deberá entregarse personalmente en la Oficina Consular de Carrera o Sección Consular de la Embajada de España previa identificación mediante la exhibición del Documento de Identidad. El plazo para presentar la solicitud finaliza el día 25 de febrero de 2012.
Recibirá por correo certificado la documentación necesaria. La Oficina del Censo Electoral realizará los envíos hasta el día 13 de marzo de 2012 (dependiendo de la presentación o no de recursos contra las candidaturas proclamadas en la circunscripción correspondiente):
El elector remitirá su voto, junto con el certificado de inscripción en el censo, en otro sobre dirigido a la Mesa, por correo certificado.
Este envío lo podrá realizar hasta el día 21 de marzo de 2012.
Como novedad, en colaboración con la ONCE, se abre una nueva modalidad de voto adaptada para las personas con dificultades de visión. Para acceder a este servicio deberá solicitarse entre los días 31 de enero y 27 de febrero. La demanda podrá hacerse vía telefónica al 012, el teléfono de atención ciudadana, o por correo electrónico sac@asturias.org. La votación se realizará de modo normal en su mesa electoral el día 25 de marzo presentando su DNI.
El personal de los buques de la Armada, marina mercante o flota pesquera de altura, abanderados en España, que haya de permanecer embarcado desde la convocatoria de las elecciones hasta su celebración y que durante dicho período toque puertos, previamente conocidos, en el territorio nacional, podrá ejercitar su derecho al sufragio electoral. Para ello a través del servicio de radiotelegrafía, se podrá solicitar de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral donde el interesado esté inscrito, el certificado de inscripción en el Censo.
En el caso de que pueda recibir la documentación electoral por medio de otro buque, se indicará en el radiomensaje el armador, consignatario o buque donde debe ser enviada.
La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, una vez comprobada la inscripción del interesado, considerará a todos los efectos como recibida la solicitud y procederá a remitir la documentación pertinente, al puerto o, en su caso, armador, consignatario o buque que el elector hubiese designado ya su nombre.
Recibida por el elector esta documentación, procederá a remitir por correo certificado y urgente, desde cualquiera de los puertos en que el buque atraque, la documentación electoral correspondiente, a la Mesa electoral en que le corresponda votar.
Los internos en Centros Penitenciarios que no estén privados del derecho de sufragio, votan por correo.
Para ello se seguirá el siguiente procedimiento:
En todos los Centros Penitenciarios se expondrán ante la población interna, las normas electorales que regulan el voto por correo y se organizarán sesiones informativas de explicación y aclaración a los internos del procedimiento de votación.
Si alguno de los reclusos careciera de DNI, bastará con el Documento de Identidad Interior que tienen todos los internos siempre y cuando en él aparezca la fotografía del titular.
Las elecciones a la Junta General del Principado de Asturias de 2012 se celebrarán el 25 de marzo para elegir a los 45 diputados de las novenas elecciones autonómicas asturianas. Dado que las anteriores elecciones fueron convocadas en mayo de 2011, el Gobierno que salga de las elecciones ejercerá su función hasta 2015, ya que, al no tener Asturias un estatus especial como el que rige en las demás comunidades autónomas, deberán de volver a celebrarse comicios una vez termine el ciclo de cuatro años que se inició con las autonómicas de 2011. Puedes seguir el resultado en directo de las elecciones 25M en nuestra web.
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