David Leo García, de 'El Cazador', absuelto de un delito de malos tratos a su exnovia: "No existe prueba sobre el acusado"
- La audiencia provincial de Málaga señala que "no puede dictarse cosa distinta que sentencia absolutoria"
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Informalia
David Leo García, conocido por ganar Pasapalabra en 2016 y por su participación como experto en El Cazador, fue denunciado en 2023 por un delito de malos tratos y otro leve de vejaciones injustas. La Fiscalía pedía un año de prisión para él, pero en las últimas horas hemos conocido que ha sido absuelto.
Los hechos se remontan al 3 de marzo de 2023, cuando su exnovia interpuso la denuncia ante las autoridades y el acusado tuvo que acudir a declarar, quedando en libertad con cargos. No obstante, la noticia no se conoció públicamente hasta tres meses después, lo que llevó al investigado, conocido por aquel entonces en televisión con El Estudiante, a apartarse voluntariamente de El Cazador.
"La grabación de esta temporada ha finalizado y, tras conversar con David Leo García, este ha transmitido su intención de apartarse del programa para no afectar ni a su persona ni al proceso judicial en el que está inmerso", informaron desde TVE. La 1 no emitió los diez programas que ya se habían grabado con el rostro televisivo.
Ahora, la audiencia provincial de Málaga ha absuelto a David Leo del delito de presuntos malos tratos, ya que "no puede dictarse cosa distinta que sentencia absolutoria al no existir prueba sobre el acusado".
Por otro lado, más allá de la solicitud de un año de prisión por parte de la Fiscalía, la acusación añadió 9.316 euros por la baja laboral de la denunciante. Los abogados del acusado, por su parte, defendieron su inocencia y calificaron los hechos relatados por la denunciante como "contradictorios, intencionadamente tergiversados, inverosímiles y algunos directamente imposibles".
Tras conocer la decisión del juzgado, la abogada de Leo García, Julia Soria Montañez, ha insistido en el daño que considera que ha sufrido su cliente. Por su parte, los magistrados de la Audiencia no aprecian ningún error en la valoración de la prueba practicada en primera instancia que justifique su anulación. Destacan que la combinación de la prueba documental y personal no genera ninguna certidumbre que enerve el principio de presunción de inocencia.