Pedro Trapote y el 'fruto del árbol envenenado': la doctrina que ha salvado al empresario de un juicio contra Hacienda
- La Fiscalía solicitaba 40 millones entre multas e indemnización, así como una pena de hasta seis años de cárcel
- El empresario es dueño de Joy Eslava y Chocolatería San Ginés, entre otras
Informalia
El conocido empresario ha sido absuelto este lunes por la Audiencia Provincial de Madrid del delito fiscal que se le imputaba y por el que la fiscalía solicitaba más de 40 millones de euros, entre multas e indemnización, además de penas de prisión superiores a seis años. La falta de pruebas no ha sido el motivo de tan espléndida noticia para Pedro Trapote sino el origen de las mismas: ilegal.
La Justicia ha aplicado en el caso la doctrina conocida como el 'fruto del árbol envenenado', que defiende que toda prueba nula que tenga una vinculación directa con otra prueba debe considerarse como nula también. En este caso, la Audiencia Provincial ha recriminado a la Agencia Tributaria por utilizar información que no había sido autorizada por el juez de instrucción, ocultando conscientemente dicho extremo. A juicio del tribunal, la fiscalía se sirvió de una prueba ilícita prohibida en el artículo 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por lo que ha declarado nulas las entradas y registros realizados en los domicilios societarios del acusado.
Pedro Trapote, casado con Begoña García Vaquero, es uno de los empresarios más populares del ocio y la noche madrileña. Propietario de locales tan emblemáticos como Joy Eslava, Teatro Barceló o Chocolatería San Ginés, fue galardonado en 2011 con el Premio al Mérito Turístico de Madrid por su trayectoria empresarial.