Laboral
- 06/02/2023, 06:00
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) justifica la sanción o el despido de un trabajador por las fotografías publicadas en las redes sociales (en el caso del asunto sobre el que falla, en Facebook) en horario de trabajo al argumentar que no hay violación de la intimidad del empleado si éste tiene agregados como amigos a sus jefes o superiores jerárquicos.