- 08/11/2020, 12:19
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Sun, 08 Nov 2020 12:19:20 +0100
Es válido modificar a la baja el tipo de interés mínimo de una cláusula suelo, declarada abusiva, por lo que tan solo se considerará válida en el contrato de crédito hipotecario la nueva cláusula y no la originaria, según determina el Tribunal Supremo, en sentencia de 5 de noviembre de 2020, que recoge el acuerdo del Pleno de la Sala de lo Civil del Alto Tribunal, que es conforme con la doctrina aprobada por el propio Pleno, el 11 de abril de 2018, a la luz de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 9 de julio de 2020.