- 10/02/2021, 13:05
La figura del pre-pack concursal está muy extendida en la práctica anglosajona, pero sigue siendo desconocida en nuestro ordenamiento hasta ahora.
La figura del pre-pack concursal está muy extendida en la práctica anglosajona, pero sigue siendo desconocida en nuestro ordenamiento hasta ahora.
Cuando las dificultades económicas de una empresa ponen en riesgo la continuidad del negocio por el nivel de endeudamiento acumulado y/o la reducción de la facturación, es preciso conocer cuanto antes las opciones legales disponibles para proteger al administrador y procurar evitar el cierre definitivo de la compañía. He aquí una guía para resolver las dudas más frecuentes:
Más de la mitad (52,3%) de los auditores especializados en la administración de procesos concursales consideran que es negativo retrasar la declaración de concurso, medida adoptada por el Gobierno para combatir la insolvencia producida por la pandemia del Covid-19.
Con unas perspectivas de solicitud de concurso de acreedores superiores a las 40.000 empresas como consecuencia de la crisis económica provocada por la pandemia del Covid-19, cuando la mayor demanda de procedimientos llegó a los 9.500 en 2013, existe preocupación por la regulación que el Gobierno está ultimando para adaptar la legislación a la de la Unión Europea.
La entrada en vigor de la Ley Concursal el proximo 1 de Septiembre, trae modificaciones importantes englobadas en un nuevo avance de la normativa Texto Refundido Ley Concursal 22/2003 de 9 de Julio( Real Decreto Legislativo 1/2020,5 de Mayo).
Desde el año 2015 venimos pendiente de una reforma integral de la Ley Concursal del año 2003. Con la crisis anterior esta normativa se ha ido complementando con 28 reformas parciales, a golpe de Real Decreto, así como con abundante jurisprudencia que ha debido dar respuesta a la casuística que el mundo empresarial y la actividad económica le iba presentando.
La moratoria aprobada hasta final de año por el Gobierno para eximir a las empresas de la obligación de tener que presentar un concurso voluntario de acreedores en el caso de tener dificultades de pago -hasta ahora si no lo hacían se exponían a un concurso forzoso y los administradores tenían que responder en ese caso con su patrimonio personal- amenaza con provocar una oleada de suspensiones de pago a partir de enero y bloquear los juzgados de lo mercantil.
Empresarios y especialistas en Derecho Concursal consideran que las medidas urgentes de reforma concursal, que aprobó ayer el Consejo de Ministros, son necesarias para ganar tiempo para que las empresas se recuperen, evitar su liquidación que y puedan sobrevivir.
El Consejo de Ministros prevé aprobar la próxima semana una reforma de la Ley Concursal. Se trata de un texto temporal, basado en las propuestas del Consejo General del Poder Judicial. El Consejo de Ministros tiene aún pendiente la aprobación del texto refundido de la Ley Concursal, que para los magistrados concursales es un avance, pero que no soluciona las carencias de la actual normativa.
El Consejo de Ministros aprobará el próximo martes un Real Decreto-Ley, al que ha tenido acceso elEconomista, en el que, entre otras medidas, se relajan las exigencias de la Ley Concursal, se amplía plazos y se prevé la creación de nuevos juzgados especializados, siguiendo la línea de las propuestas del Consejo General del Poder Judicial, para evitar la liquidación de miles de empresas insolventes en la actualidad por culpa de las medidas adoptadas para combatir el Covid-19.
La Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac) ha propuesto una batería de medidas ante el posible colapso judicial, entre las que se ofrece para encargarse de gestionar, en su totalidad, los concursos de acreedores.