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Karmele indemnizará a Concha Piquer

Foto promocional de Karmele par ir a Eurovisión (Archivo)

Las declaraciones infundadas de la periodista del corazón sobre la vida privada de Concha Piquer únicamente le han servido para ser condenada a pagarle 25.000 euros, tal como ha afirmado la sentencia del Supremo.

La Sala de los Civil del Tribunal Supremo ha apoyado la demanda de Concha Piquer contra la periodista Karmele Marchante y los programas "Tómbola" y "Abierto al anochecer" por faltar a su derecho al honor, con unas declaraciones donde la periodista atacaba reiteradamente a la famosa.

Karmele aseguró en 2002 en uno de los programas donde colaboraba que "Concha Piquer no quiere darle la anulación a Curro Romero... ella que se ha casado por lo civil y sus padres, que también estaban casados por lo civil, y no por la iglesia... por lo tanto ella no pertenece a una familia católica... estoy hablando de la hija de Concha Piquer, que está casada por lo civil y, por lo tanto, está excomulgada por la iglesia... por lo tanto esto, según La Rota, se llama nefasto adulterio...", según ha recogido ABC de la sentencia.

Ante estas declaraciones sin sentido y sin "relevancia pública o interés general", según el propio tribunal, el Supremo ha sentenciado a la colaboradora a pagar 25.000 euros. No sin antes añadir que "considera que esta señora tiene trastornos psicológicos... está llena de contradicciones permanentes", a lo que añade, "Se trata de imputaciones baldías, que ponen en entredicho la corrección de su actitud hacia el Tribunal, o igualmente su salud mental y estabilidad emocional, de manera infundada, gratuita e inveraz".

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