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Economía/Fiscal.- La salida o entrada en España de efectivo superior a 10.000 euros deberá declararse desde mañana

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

Los movimientos de entrada y salida de España de dinero en efectivo por valor igual o superior a 10.000 euros tendrán que ser declarados a partir de mañana, 14 de febrero, en virtud de una Orden Ministerial elaborada por el Gobierno en el marco de las medidas adoptadas para dificultar las actividades de blanqueo de capitales, informó hoy el Ministerio de Economía y Hacienda.

Asimismo, será obligatorio declarar los movimientos de dinero en efectivo por el interior del territorio español cuando las cantidades transportadas sean iguales o superen los 100.000 euros.

Esta orden afecta no sólo al transporte de dinero en efectivo en euros, sino también en otras monedas, así como a cheques bancarios al portador.

La declaración podrá realizarse ante la entidad bancaria de la que se retiren los fondos que se vayan a transportar, en la que se dejará constancia de la operación en un formulario S1. En el caso de depósito de fondos en la entidad, ésta solicitará el documento que el depositante debe haber obtenido antes de realizar el movimiento.

De la misma manera, los notarios requerirán este formulario cuando se produzcan pagos en efectivo que superen el umbral señalado.

Según el Ministerio, con el ánimo de "no gravar injustificadamente este tipo de movimientos", la declaración será gratuita y no estará sometida al pago de ninguna tasa.

El formulario S1 estará disponible en las páginas web de la Agencia Tributaria (http://www.aeat.es), del Tesoro Público (http://www.tesoro.es) y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac) (http://www.sepblac.es).

Asimismo, estará disponible en las Delegaciones de Economía y Hacienda, Dependencias Provinciales de Aduanas o las Administraciones de Aduanas de la AEAT.

Esta medida está en línea con la entrada en vigor el pasado lunes 12 de febrero de otra orden del Ministerio de Economía y Hacienda por la que las casas de cambio de monedas y transferencias con el exterior deberán identificar a todas las personas que realicen operaciones, mediante la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI), la tarjeta de residencia o el pasaporte en vigor, con el fin de evitar operaciones de blanqueo de capitales.

El departamento de Pedro Solbes asegura que se ha tomado conciencia internacional de la importancia que registran los movimientos de dineros en efectivo.

Además, precisa que, en el marco de la "decidida lucha" del Gobierno contra la prevención del blanqueo de capitales, estas normas no tratan de "limitar movimientos", sino de "establecer una mayor transparencia".

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