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La Audiencia Nacional declara nulos los servicios mínimos de la huelga de bares en Barajas
En un comunicado, el sindicato recuerda que el Comité de Empresa de Áreas, compañía que gestiona más de un 90 por ciento de los locales de hostelería del aeropuerto madrileño, convocó varias jornadas de paro durante los fines de semana del mes de junio y el Ministerio de Fomento decretó que los más de 900 trabajadores de la contrata debían de cumplir unos servicios mínimos del 30 por ciento.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional manifiesta que "para la determinación de los servicios mínimos es preciso argumentar y justificar la necesidad y el carácter esencial de los mismos, según jurisprudencia del Tribunal Supremo", indica la nota.
La sentencia de la Audiencia explica que "el acto impugnado no justifica en forma alguna el concreto porcentaje que fija en su parte dispositiva" y señala que carece de "elementos argumentativos para examinar la razonabilidad del porcentaje fijado.....la extensión de los servicios mínimos no resulta plenamente justificada y puede considerarse, por tanto, desproporcionada".
CCOO expresa su satisfacción por la decisión de la Audiencia Nacional y asegura que se suma a "la colección de sentencias ganadas en los tribunales contra servicios mínimos abusivos por parte de las Administraciones".
Sin embargo, lamenta que la sentencia llegue cuatro meses después de la huelga, "lo que acaba constituyendo una actuación en fraude de ley que los tribunales deberían tratar de evitar mediante la paralización cautelar de los efectos de dichas resoluciones, pues es un derecho fundamental de los trabajadores".
Los sindicatos convocaron ocho jornadas de huelga durante junio para protestar por la decisión de Áreas de presentar un ERE con 136 despidos; un expediente temporal (ERTE) que afectaría a otros 540 trabajadores por el cierre de varios bares debido a las obras que se acometen en varios locales del aeropuerto y una propuesta de reducción salarial de un 25 por ciento.