Ecoley
Los expertos 'delegan' en la Justicia el nuevo régimen de los interinos
- El grupo de trabajo pospone su propuesta ante la falta de acuerdo sobre la indemnización
Pedro del Rosal
El grupo de trabajo designado por el Gobierno y los agentes sociales para analizar las consecuencias de la sentencia europea sobre los interinos ha sido incapaz de alcanzar un acuerdo para formular una propuesta sobre la indemnización de este tipo de contratos. De hecho, los expertos prefieren esperar a que futuras resoluciones del Tribunal de Justicia europeo (TJUE) y el Tribunal Supremo precisen algo más sobre el régimen antes de pronunciarse.
Las posiciones oscilan entre fijarla en 20 días por año trabajado, como la de los indefinidos despedidos por causas objetivas, o 12 días, como la de los temporales.
En sus conclusiones provisionales, a las que ha tenido acceso elEconomista, aseveran que ante el panorama de "indefinición" que se desprende de la sentencia de 14 de septiembre, del caso de Diego Porras, "razones de seguridad jurídica aconsejan aplazar la formulación de un informe definitivo".
Según el documento, anticipar una propuesta "correría el riesgo de provocar decisiones normativas que más tarde podrían entrar en contradicción con lo decidido" por los tribunales.
Efectivamente, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha planteado una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE en relación con la extensión de los efectos del fallo.
Por otra parte, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo aguarda a que cristalice en un recurso de casación para la unificación de doctrina alguno de los pronunciamientos contradictorios que ya se han producido entre los TSJ de País Vasco y Galicia sobre la aplicación de la doctrina de Diego Porras a las relaciones laborales entre empleados y empresas.
No al 'contrato único'
En lo que el grupo de trabajo sí se muestra de acuerdo es en la necesidad de establecer límites temporales "más estrictos" para la utilización de los contratos de interinidad, prohibiéndose su utilización por parte de la Administración para vacantes con una duración "anormalmente larga".
En este sentido, los sabios proponen que se aplique a los contratos de interinidad la regla limitativa del encadenamiento sucesivo de contratos, estableciendo un máximo de duración y previéndose, en tal caso, una nueva causa de despido objetivo vinculada a la extinción de la situación de reserva del puesto de trabajo.
Asimismo, en contra de lo que se alentó desde algunos sectores tras la sentencia, rechaza la fórmula del contrato único.
El documento, no obstante, critica la "confusión conceptual" en la que incurre la sentencia del TJUE "al equiparar lo que denomina razones objetivas de finalización de los contratos de duración determinada con la extinción por voluntad del empresario basada en la causa objetiva".