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El SERMAS pagará a la familia de un paciente que murió sin recibir la asistencia adecuada



    Madrid, 3 may (EFE).- El Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) deberá indemnizar con 15.000 euros a la familia de un hombre que murió en el Hospital Ramón y Cajal en 2009 después que los servicios mínimos establecidos durante un puente le administraran sólo broncodilatadores a pesar de que sufría una patología "extrema".

    Según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid tramitada por el Defensor del Paciente, la condena al SERMAS obedece a la muerte del paciente "a causa de una pérdida de oportunidad terapéutica" puesto que el Hospital no estableció un tratamiento para el enfermo durante un puente festivo.

    El hombre fue intervenido quirúrgicamente el 25 de agosto de 2008 de un tumor de sigma y supuestas metástasis hepáticas, y fue sometido a una nueva cirugía el 6 de agosto de 2009, en la que "la atención y asistencia prestada fue en todo momento correcta".

    Posteriormente, ante el empeoramiento de su función respiratoria, el hombre fue sometido a diversos exámenes hasta que en septiembre siguiente le fue diagnosticada una estenosis (estrechamiento) en la glotis, situación ante la cual fue "intubado para poder sobrevivir".

    El paciente comienza a tener serios problemas respiratorios, por lo que el neumólogo le realiza rehabilitación respiratoria, dice la sentencia, y añade que el paciente falleció el 13 de octubre de 2009, a los 72 años de edad, por una grave estenosis traqueal consecuencia de una intubación prolongada, sin que en ese momento existiera evidencias de enfermedad tumoral activa.

    El auto judicial dice que un "diagnóstico erróneo" condujo a la segunda cirugía "innecesaria" a la que fue sometido el paciente y que, como consecuencia de ella, sufrió una infección que obligó a intubarle de forma prolongada.

    Esta intubación, según el auto, no fue "abordada convenientemente pese a la urgencia que deriva en el fallecimiento", siendo este "desproporcionado a la edad y a la evolución de su situación física de haber recibido tratamiento adecuado".

    En cuanto a la "pérdida de oportunidad" para suministrar tratamiento adecuado al paciente, el Tribunal asegura que no está acreditado que el hombre fuera sometido a prueba alguna los días 11 y 13 de octubre de 2009, durante el puente del Pilar.

    El Tribunal concluye que el paciente "sufrió un déficit asistencial en el Hospital" y, en consecuencia, falla a favor del recurso y estima "parcialmente" el recurso interpuesto por la familia del fallecido.