Ecoley
El Supremo condena al SERMAS a 450.000 euros por daños sufridos por un bebé en el parto
El Defensor del Paciente ha dado a conocer hoy la sentencia de este caso, que ha sido tramitado por el letrado Álvaro Sardinero, especialista en derecho sanitario y adscrito a los Servicios Jurídicos de esta asociación.
Los hechos se remontan a marzo de 2002, cuando una mujer de 29 años, embarazada de gemelos, acudió al Hospital Gregorio Marañón para dar a luz, después de que durante los meses de gestación se realizara ecografías mensuales que ofrecían resultados normales sobre el estado de los dos fetos.
Según el Defensor del Paciente, el parto no se realizó por cesárea, como había programado el ginecólogo que hizo el seguimiento del embarazo, sino por vía vaginal y "con una demora excesiva que hacía temer lo peor".
La primera de las gemelas nació mediante fórceps y "con muchas dificultades, que prolongaron el parto con necesidad de agresivas maniobras", y a continuación sacaron a la otra gemela.
Ambas fueron derivadas directamente a la Unidad de Neonatología en incubadoras ya que, además de ser prematuras, habían sufrido durante el parto y habían tragado líquido amniótico, por lo que presentaban riesgo infeccioso y estaban siendo tratadas con antibiótico.
Tras la realización de una serie de pruebas como ecografía y resonancia magnética, detectaron que la primera gemela presentaba una encefalopatía por sufrimiento fetal perinatal.
De acuerdo con el fallo dictado por la sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, el SERMAS deberá indemnizar tanto a los padres como a la menor, que hoy presenta un grado de minusvalía del 83%.