madrid. Las nuevas tecnologías no acaban de aterrizar en los registros públicos. Todavía los ciudadanos no pueden consultar sus datos a través de Internet, ni los notarios pueden acceder a los libros del registro para verificar online las cargas de una casa antes de autorizar su compraventa, ni los inspectores de Hacienda pueden investigar las tramas de fraude inmobiliario a partir de los datos del registro de la propiedad... Estos son sólo algunos de los objetivos propuestos en la Ley de Medidas de Impulso de la Productividad que, a pesar de que en noviembre cumplirá su primer año en vigor, sigue sin aplicarse.¿Por qué? En un duro editorial de la revista Escritura Pública, el Consejo General del Notariado califica de "aplazamiento inexplicable" el retraso de más de siete meses en la aplicación de esta ley. Y reclama que "sea aplicada de modo efectivo y sin más dilación".El editorial entiende que "no es el momento de imputar culpas o responsabilidades" aunque claramente da a entender que son los registros los que están bloqueando la aplicación de esta ley. "A los notarios no se les permite presentar telemáticamente títulos en los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles; éstos y otros funcionarios siguen sin poder acceder por vía electrónica a los Libros de los Registros y los registradores no proporcionan telemáticamente información a los ciudadanos en los términos fijados en la norma, por citar algunos ejemplos". Y concluye: "De nada sirve hacer leyes si no se exige a todos sus destinatarios que las cumplan".Apuesta tecnológicaLos registradores dicen que, tecnológicamente, están a punto para cumplir con la ley hoy mismo. Y tienen razón. En 2001, el Gobierno exigió a los notarios y a los registradores que se convirtieran en prestadores de servicios de certificación de firma electrónica y se reguló por ley la copia autorizada electrónica y la digitalización de los libros de los registros.A partir de entonces, la inversión de ambos colectivos en nuevas tecnologías ha sido importantísima. Quedaba claro que las relaciones, tradicionalmente tensas, entre notarios y registradores se iban a establecer sobre la base de las nuevas tecnologías.La nueva ley de impulso de la productividad regula con detalle cómo deben establecerse los procedimientos para llevar a la práctica el desembarco de las nuevas tecnologías en los registros públicos. El problema es que en esta nueva relación el registrador se juega perder gran parte de su capacidad de control sobre la información pública que custodia.La ley de medidas permite, por ejemplo, el acceso online a los libros del registro a cualquier funcionario público sin intervención del registrador. Para los notarios este acceso "resulta lógico pues el acceso a estos Libros se hace como consecuencia de la función pública atribuida a un funcionario, llámese Notario, Inspector de Hacienda o de Trabajo".Protección de datosLa falta de control de salida de la información por parte del registrador abre una "casuística muy preocupante", según ha explicado a este periódico un portavoz del colegio de registradores para quien no se ha tenido en cuenta, por ejemplo, la legislación sobre protección de datos personales, que debe hacerse compatible con la necesaria publicidad de los datos del registro. En un curso de verano realizado la semana pasada, los registradores pidieron al Gobierno que se establezca la obligación de informar al titular de los datos personales a los que se ha tenido acceso telemáticamente, así como que se reconozca el principio de consentimiento del titular para otorgar los datos personales.