MADRID. Aunque el refrán dice que nunca llueve a gusto de todos, en el negocio de los vales de comida para empleados parece que no es así: las empresas no tienen que cotizar por este concepto a la Seguridad Social y los trabajadores pueden comer gratis y tampoco tributan por este servicio, ya que no está considerado como salario en especie.Esto no es ninguna novedad, pero sí lo son las nuevas normas que se establecen en el Real Decreto 439/2007 y que tienen por objetivo regular estas actividades, evitando que, por ejemplo, los empleados se pasen de listos y quieran utilizar estas fórmulas indirectas, por ejemplo, no para comer en medio de la jornada laboral, sino para gastárselas con su familia o sus amigos durante el fin de semana.FastidioY aunque esto vaya a ser un fastidio para algunos, uno de los cambios que establece la nueva normativa -que entró en vigor el pasado 1 de abril- es que se aumenta el importe de los vales hasta los 9 euros diarios, mientras que antes sólo tenían un valor, como máximo, de 7,81 euros.Javier Rodríguez Cañas, director general de Chequegourmet, una de las empresas de referencia en el sector de la distribución de vales de comida, explica: "A pesar de lo que se está diciendo, nosotros no estamos preocupados y nuestros clientes tampoco. Es más, los efectos son positivos porque el importe sube a 9 euros, aunque nos sigue pareciendo poco para ciudades como Madrid y Barcelona".Por su parte, Jaime Sol Espinosa, asociado senior del Departamento de Human Capital Services de Garrigues, declara: "En este sentido se ha mejorado mucho. El borrador inicial fijaba el importe en 8,5 euros, mientras que al final se han conseguido los 9 euros".Otra de las modificaciones afecta a la acumulación de este tipo de prestaciones, que serán, además, instransferibles. "La cuantía no consumida en un día no podrá acumularse a otro día". Así de claro lo deja el texto publicado en el BOE, así que aquellos que antes guardaban los tiquets para ir juntando unos cuantos y utilizarlos en situaciones que poco tenían que ver con el trabajo diario tendrán que cambiar de estrategia."Esta cuestión no es estrictamente un cambio. Es cierto que es una novedad como parte de la redacción del reglamento, pero no de criterio", afirma Sol Espinosa. Además, los cheques de comida solamente se podrán utilizar durante los días hábiles para el empleado. Siguiendo con las fórmulas de control, otra de las medidas que tendrán que adoptar las empresas será la de llevar al día y conservar una relación de los vales entregados a cada uno de los trabajadores. Una condición que también afectará a las tarjetas de débito destinadas explícitamente a este servicio, un modelo que cada vez se populariza más en nuestro país.En esta relación, que podrá requerir Hacienda, tendrán que incluirse el número de documento, la fecha de entrega y el importe, independientemente de que sea el papel de toda la vida o su versión renovada, en forma de banda magnética.En resumen, unas cuantas modificaciones para evitar que, en el país de la picaresca, se abuse de un servicio que puede llegar a suponer un ahorro para las empresas que puede alcanzar los 543 euros por empleado, ya que aunque es la firma quien paga la comida, se lo deduce a través del Impuesto de Sociedades."Yo tengo claro que la reforma es positiva, se aumenta el límite del importe y se introducen claras mejoras técnicas en la regulación de este tipo de fórmulas indirectas", explica Sol Espinosa.Mayor control, pero sin dejar de lado los beneficios, aunque a más de uno le duela pagar de su bolsillo las meriendas del domingo por la tarde.