Energía

El TUE condena a España por las condiciones impuestas a E.ON



    El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que España vulneró la legislación comunitaria al imponer una serie de condiciones ilegales a la fallida opa lanzada por la eléctrica alemana E.ON sobre Endesa. Además, ha condenado al Gobierno español a pagar los costes del proceso. Pedro Solbes ha manifestado su desacuerdo con la sentencia.

    La corte con sede en Luxemburgo dio la razón a la Comisión Europea y dejó claro que el hecho de que E.ON retirara su oferta por Endesa no eximía a España de cumplir las decisiones de Bruselas, que le había exigido que suprimiera las restricciones ilegales.

    Los jueces europeos, contra cuya sentencia no cabe recurso, no evalúan si las medidas controvertidas estaban justificadas por el objetivo de garantizar la seguridad energética nacional, como argumenta España, y recalcan que un Estado miembro no puede defenderse de un recurso por incumplimiento aduciendo la ilegalidad de la decisión.

    Explicaciones

    En la sentencia dictada hoy, el Tribunal de Justicia declara que España "ha incumplido las obligaciones que le incumben con arreglo al derecho comunitario al no haber retirado determinadas condiciones impuestas por las resoluciones de la CNE y del Ministro, declaradas incompatibles con el derecho comunitario, dentro de los plazos señalados".

    La justicia comunitaria dio así la razón a la Comisión Europea, que había denunciado que los requisitos impuestos por España violaban los principios de libre circulación de capitales y mercancías y el derecho de establecimiento. En contraste, el Gobierno alegó durante el procedimiento que las condiciones son compatibles con la normativa comunitaria y son esenciales para garantizar la seguridad de suministro.

    Condiciones

    Entre las condiciones cuya retirada pedía el Ejecutivo comunitario se encontraban la obligación de que Endesa mantenga su marca durante un periodo de cinco años, la prohibición de venta de activos de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla también en cinco años, la exigencia de utilizar carbón nacional, y la obligación para E.ON de no adoptar decisiones estratégicas sobre Endesa y que afecten a la seguridad de suministro contrarias a la legislación española.

    Estos requisitos a la opa de E.ON fueron impuestos por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) en julio de 2006 y enmendados por el ministerio de Industria en noviembre del mismo año en respuesta a los recursos contra la decisión del regulador.

    Enfrentamiento comunitario

    La decisión del Tribunal de Justicia llega tarde para E.ON, que renunció a su opa en abril del año pasado tras la entrada en juego de Enel y Acciona, cuya oferta sobre Endesa fue la que acabó triunfando. Pero servirá para dilucidar el último enfrentamiento entre la Comisión y el Gobierno, porque Bruselas ha abierto un nuevo expediente a España por las condiciones impuestas a la opa de Enel y Acciona, que son parecidas a las que aplicó en su día a E.ON.

    El TUE tiene además pendiente de resolución otra denuncia de la Comisión contra España por el decreto que amplió las competencias de la CNE.