La empresa tendrá que pagar más de un millón de euros por ceder datos personales
El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de 1,08 millones de euros impuesta a Zeppelin Televisión, productora del programa "Gran Hermano" por la Agencia Española de Protección de Datos confirmada por la Sala Contencioso Administrativa de la Audiencia Nacional. La sentencia condena el tratamiento dado a los datos de carácter personal de unos 7.000 candidatos a participar en el espacio de televisión que emitió Telecinco.
Según considera la sentencia, hecha pública ayer y a la que ha tenido acceso Europa Press, la productora recabó información relativa a gustos, ideología, creencias religiosas, raza, salud o vida sexual sin que existiera consentimiento por parte de los candidatos para que estos datos se trataran informáticamente y además, cedió los ficheros sin la debida seguridad a personas con las que no le unía ningún lazo contractual.
El Tribunal rechaza todas las alegaciones presentadas por Zeppelin Televisión contra la sanción, entre ellas las manifestaciones públicas realizadas por el director de la Agencia de Protección de Datos, institución que presentó la demanda contra la productora, ya que consideraba que con estas declaraciones en las que se informaba sobre la investigación de los hechos y las posibles sanciones, quedaba vulnerado su derecho a un juez imparcial.
La productora alegaba también que encargó la recogida de datos a una empresa, Atento Telecomunicaciones España, con la que firmó el correspondiente contrato y que, en su opinión, debería ser la única responsable de la recogida y tratamiento de los datos. La sentencia recuerda que Atento no asumió ninguna obligación derivada de la legislación de protección de datos ni Zeppelin la exigió.