La compañía no tendrá que alterar el coste del servicio como pedía la asociaciónEl juez ha dado la razón a Telefónica, compañía que no tendrá que alterar los precios de su producto Movistar Fusión, al contrario de lo que pretendía la demanda de Facua. La Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción acudió a los tribunales en mayo de 2015 cuando el operador incrementó sus tarifas de los servicios convergentes de telecomunicaciones a pesar de que en su publicidad indicó que las condiciones acordadas serían "para siempre". La asociación de consumidores unió a la primera demanda otros casos de incrementos de precios posteriores, como los realizados por Telefónica el 5 de febrero de 2016, el 3 de julio de 2016 y el 18 de marzo de 2017. Frente a todo lo anterior, el magistrado del Juzgado de lo Mercantil Número 8 de Madrid ordenó el sobreseimiento por un defecto de forma de los demandantes. En concreto, por la "inadecuación procesal del mismo", al tramitar Facua el procedimiento como una acción colectiva de protección de los intereses difusos de los consumidores". El juez tomó en consideración los argumentos del Ministerio Fiscal en cuanto a lo "difícilmente determinable" de los afectados por la subida de precios, ya que el "procedimiento se sitúa en torno a los cuatro millones de usuarios, con modalidades de contratación diferen- ciada, tanto autónomos, consumidores, como respecto del tipo de contratos realizados, aquellos que fueron concertados desde el inicio publicitario, los resueltos o modificados por subidas posteriores de tarifas o los celebrados con posterioridad". Los abogados de Telefónica plantearon con éxito una excepción procesal por un defecto en la interposición de la demanda colectiva, ya que Facua acudió directamente a los tribunales sin comunicar su interés previo de interponer la demanda para que los consumidores y usuarios perjudicados pudieran hacer valer su derecho o interés individual. A partir de ahora, Facua dispone de un plazo de 20 días para presentar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. Hay que recordar que sobre este asunto a finales del año pasado las comunidades autónomas de Andalucía y Madrid impusieron a Telefónica multas de 6,23 millones de euros y 30.000 euros, respectivamente, por la subida de cinco euros aplicada en marzo de 2015 a sus paquetes de oferta convergente de Movistar Fusión. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía decidió imponer la tras la denuncia presentada por Facua en abril de 2015. En concreto, 870.000 euros fueron de multa por haber incurrido en prácticas como publicidad engañosa y cláusulas abusivas y un comiso de 5,36 millones de euros que la Junta considera que han sido cobrados ilícitamente. Facua celebró entonces que por fin un gobierno autonómico había decidido multar a Telefónica por este "fraude masivo".