Un acta de consentimiento y reinscripción de hipoteca, para inscribir de nuevo una hipoteca cancelada por error, que trata de corregir la ineficacia de actos anteriores por los que se hubiera satisfecho el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (y no se hubiera producido la devolución), que estuvieran afectados de vicio que implique inexistencia o nulidad, se debe considerar como una operación exenta. Ello será así, sin perjuicio de las facultades de la Administración tributaria para comprobar la operación y concretamente si el acta de consentimiento trata de corregir un error material o de hecho o, por el contrario, si esta recoge una nueva declaración de voluntad. (DGT de la Generalitat de Cataluña, 29-03-2011)