Prohíbe que la tarifa del gas sirva para financiar las medidas de eficiencia madrid. Nuevo varapalo al Ministerio de Industria. Esta vez por parte del Tribunal Supremo, que acaba de prohibir que la cartera que dirige Miguel Sebastián utilice la tarifa de gas para financiar los planes de ahorro y eficiencia energética y tendrá que buscar otra alternativa para afrontar esta finan- ciación, en lugar de repercutirla a los consumidores. La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso elEconomista, da la razón a las eléctricas al entender que los clientes no tienen por qué pagar la financiación del Plan de Acción 2008-2012. Estas compañías presentaron una demanda en 2008 a través de la patronal Unesa porque el Gobierno incluyó el coste de estos planes en el recibo del gas y hasta hace poco también lo incluía en el recibo de la luz. Las eléctricas se han quejado durante años de esta situación porque veían mermar sus márgenes de la tarifa, en la que se incluyen variables que poco tienen que ver con la generación eléctrica. Pero en el caso de la luz, año tras año, el Supremo ha tumbado esta repercusión ante la batalla abierta por las eléctricas desde el 2006 y en total el importe anulado por el Alto Tribunal asciende a 902 millones de euros. Unesa cree que en las tarifas del gas tampoco se debe incluir esta variable, en un momento donde Endesa e Iberdrola están comiendo terreno a Gas Natural en este mercado. En este sentido, cabe destacar que hayan sido las tradicionales eléctricas las que iniciaron esta batalla para remediar los costes en la tarifa del gas, y no la patronal gasista Sedigás. En su demanda ante el Supremo, las eléctricas alegan que la legislación de hidrocarburos no permite financiar con cargo a los peajes de acceso los planes de ahorro y eficiencia energética e invocan a lo ocurrido en el sector eléctrico. La Ley no recoge esta cuantía En este sentido, las demandantes destacan que las sentencias del Supremo se basaron en que las normas que regulaban los componentes legales de las tarifas eléctricas "no permitían que éstas asumiesen el coste de la financiación de los planes de ahorro y eficiencia energética". Unesa también avisa que un informe de la Comisión Nacional de la Energía ya advertía que "el concepto de retribuir con cargo a los peajes del sector gasista, con destino a Ahorro y Eficiencia Energética, no está reconocido como retribución regulada a incluir en el sistema de liquidaciones". Por todo ello, el Supremo entiende que la retribución de las actividades gasistas por vía de los peajes exige que éstos incorporen tan sólo los conceptos expresamente previstos en la Ley de Hidrocarburos, entre "los que no figura la financiación de planes de ahorro energético". Tras esta sentencia del Supremo hay que preguntarse si el Ejecutivo hará ahora la misma maniobra para el gas que hizo a final del pasado año con las eléctricas, donde retiró la E4 después de cuatro años de desoír al Supremo a cambio de que las compañías abonasen en tres años 670 millones para financiar los planes de ahorro. Estos acuerdos se enmarcaron dentro del pacto energético del Gobierno con el sector para subir la luz un 10 por ciento el pasado mes de enero. Recorte de gastos Así, esta medida se incluyó en el decreto que el Gobierno anunció en la víspera de Nochebuena, donde para rebajar los costes del sistema en 4.600 millones se recortaba ingresos a las diferentes tecnologías, como fue el caso de la fotovoltaica, con un hachazo de 2.200 millones hasta el año 2013. No obstante, cabe destacar que el Ejecutivo ha estado cuatro años sin atender a las resoluciones del Alto Tribunal. De hecho, la última sentencia del Tribunal Supremo salió a la luz el pasado mes de enero, en la que se anulaba el artículo 5 de la orden de tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, por el que se contempla un coste de 275,9 millones de euros para sufragar la anualidad del plan de acción para el periodo 2004-2012.