El acuerdo entre Pedro Sánchez y Pablo Iglesias para poner en marcha el próximo Gobierno ha desatado una avalancha de consultas en las asesorías fiscales para llevar las fortunas a Portugal. Los millonarios estudian ya su traslado al país vecino por el temor al hachazo fiscal del nuevo Gobierno. El país luso, apenas a 300 kilómetros de Madrid, ofrece una visa dorada a los extranjeros que trasladan su residencia y goza de seguridad jurídica y estabilidad política."Portugal está siendo visto con muy buenos ojos por gente con rendimientos altos, pues tiene una suerte de nuestro Régimen Beckham pero con mayores ventajas fiscales", explica el fiscalista Esaú Alarcón, abogado en Gibernau Asesores. "Básicamente, hay menos condicionantes y son 10 de años de beneficios fiscales, no seis como aquí. Si a ello le unes que la filosofía de vida, ciudades y comida portuguesas son similares a lo que gozamos en España, pues parece bastante natural", explica Alarcón.Los fiscalistas reconocen que esta semana han recibido un aluvión de consultas de sus clientes para trasladar su residencia al país vecino. "Tiene grandes atractivos", destaca Javier Gómez Taboada, socio del Área Tributaria de Maio Legal en la oficina de Vigo, a pocos kilómetros de la frontera con Portugal. "Es un país próximo en todos los sentidos, con estabilidad gubernamental y con un tratamiento amable con aquellas personas dispuestas a acogerse al régimen de su golden visa", señala.En 2009, el Gobierno portugués, con la intención de captar inversión extranjera y atraer hacia el país profesionales cualificados, pensionistas extranjeros e individuos con altos patrimonios, creó el Régimen de los Residentes no Habituales.Para beneficiarse de este tratamiento privilegiado, el ciudadano extranjero debe acreditar que no ha sido residente fiscal en Portugal en los últimos cinco años y adquirir la residencia tributaria en Portugal. La regla general portuguesa es que pueden adquirir la residencia fiscal quienes residen en el país más de 183 días al año o, con un plazo menor de tiempo, disponen todo el año de una vivienda que sirva a Ha-cienda presumir la intención de conservarla y ocuparla como residencia habitual."España debería tomar buena nota", apunta Gómez Taboada. "No hace mejor los deberes el que los hace más rápido, buscando una recaudación en tiempo récord, sino los hace mejor el que los hace pensando en el medio o largo plazo", añade.Peligro en EspañaSin embargo, Alejandro del Campo, abogado y asesor fiscal en DMS Consulting, pide prudencia ante la toma de decisión de esta medida. Reconoce que ya ha recibido varias consultas sobre este asunto. "Siempre les explico a mis clientes que no las tienen todas consigo aunque vivan en Portugal más de 183 días y consigan el certificado de residencia fiscal allí", apunta. "La Hacienda española les puede considerar residentes en España, tanto por vivir aquí más de 183 días como por mantener en España el centro de intereses económicos, –es decir, rentas procedentes de España o patrimonio aquí– aunque no vivan más de 183 días en España", añade. Alejandro del Campo subraya la importancia de "no tener en España una vivienda a disposición, ni en propiedad ni alquilada". El fiscalistas considera que "ello puede determinar residencia fiscal en España, por las reglas establecidas en los Convenios de Doble Imposición".En cualquier caso, todos los fiscalistas destacan el "miedo" de sus clientes. "A Portugal y a otros sitios, muchos están buscando ya dónde jubilarse", asegura del Campo.