En paralelo a su gestión de las prestaciones a su cargo, la Seguridad Social también lleva a cabo una función recaudatoria de cotizaciones gracias a la cual una parte de todas las pensiones se pueden financiar y que a veces incluye la realización de determinados embargos que tienen el objetivo de saldar las deudas de ciudadanos y empresarios.
La forma de hacer que estos embargos tengan utilidad es vender las propiedades embargadas para convertirlas en dinero líquido, es decir, en recursos que pasen a las arcas de la Seguridad Social y financien su acción protectora.
Es por eso que el organismo dispone de un servicio de subastas por el cual va celebrando subastas de forma periódica con los bienes embargados. Y los ciudadanos, si así lo desean, pueden estar informados en cuanto se celebra una de estas subastas si se ajusta a sus preferencias.
Tal y como ha explicado la Seguridad Social en su perfil de la red social Twitter, está a disposición de los ciudadanos un servicio de alertas a través del cual se puede recibir información de las subastas convocadas para la venta de inmuebles. Puede ser una ocasión perfecta para aprovechar oportunidad inmobiliarias que en otros ámbitos es difícil encontrar.
El servicio se llama 'Información venta de inmuebles' y se encuentra en este enlace de la Seguridad Social. El organismo explica que con él, el ciudadano "recibirá información de las subastas que se convocan para vender inmuebles propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social".
Para ello, es preciso tener un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), un DNI electrónico o Cl@ve (así se puede registrar para obtener Cl@ve PIN o permanente) con el que acceder a un formulario en el que hay que introducir:
-Datos personales, de domicilio, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
-Ámbito geográfico de las subastas de inmuebles de los que queremos ser informados.
-Tipo de inmueble que sea objeto de la subasta y que interese al ciudadano.
Con todos estos datos, el ciudadano solicitará que el sistema de la Seguridad Social le avise por el medio indicado (correo postal y/o correo electrónico) en cuando una subasta publicada en el Boletín Oficial del Estado cumpla con los parámetros introducidos.
Cómo se puede pujar en una subasta de la Seguridad Social
Para pujar en una subasta de inmuebles de la Seguridad Social hay que seguir una serie de directrices. Son tres, tal y como informa el propio organismo en su página web:
-Identificarse debidamente. Sirve la exhibición en el acto o en sobre cerrado del DNI o NIE.
-Consignar de forma previa el 25% del precio de salida del bien por el que se desea pujar, mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado y a nombre de la Seguridad Social, además de acompañarse de la puja. O, en su caso, del 30% de ese valor si la puja es verbal.
-Es necesario que en el resguardo justificativo de la consignación aparezca la fecha y hora de la entrega, así como el número de orden asignado.
Cómo elige la Seguridad Social el ganador de una subasta inmobiliaria
La Seguridad Social explica que gana la mejor puja (o postura) siempre que suponga al menos un 60% del precio de subasta si cubre el precio de la deuda o si es menor pero al menos cubra el importe de la deuda. Si no hay, podrán aceptarse las mejores pujas siempre que lleguen al menos al 25% del precio de subasta. Si varias ofertas coinciden se elegirá la que haya sido registrada antes.
En el caso de que no se registren ofertas que cumplan con los anteriores parámetros, la Seguridad Social puede convocar posteriormente una segunda subasta con las mismas condiciones de la primera.