Motor
¿Multado por el Pegasus? Una sentencia pone en peligro las sanciones del helicóptero de la DGT
- Un juez ha levantado una sanción por no respetar la distancia entre coches
- El magistrado entiende que las fotografías no sirven para medir a la perfección
- En dichas capturas tampoco se tiene en cuenta la velocidad de ambos vehículos
Ecomotor.es
Todo conductor ha experimentado en algún momento la sensación de estar circulando por carretera y escuchar sobre su cabeza las hélices del helicóptero-radar de la Dirección General de Tráfico (DGT). El famoso Pegasus, que sobrevuela el los cielos de todas las provincias españolas, siempre está al acecho para hacer cumplir la ley... o no. Un juzgado de Toledo ha sentenciado que su capacidad para medir las distancias entre vehículos es incorrecta, por lo que abre la vía a que se revisen todas las multas del mayor instrumento recaudatorio de Tráfico.
El Pegasus, una de las principales armas de la DGT contra los infractores en carretera, ha recibido un duro contratiempo toda vez que un juez en Toledo ha anulado la multa que en 2018 interpuso a un conductor por superar la distancia mínima entre coches.
Pese a su excelente rendimiento desde el aire, desde donde disfruta de una vista perfecta para cazar los errores del tráfico, el magistrado entiende que las fotografías aportadas no sirven para conocer "la distancia exacta, ni la velocidad de ambos vehículos, ni otras circunstancias" que justifiquen la sanción.
Casi 20.000 multas en solo un año
Así se entiende de la sentencia, a la que ha tenido acceso El Español, que abre una vía para más reclamaciones ante el famoso helicóptero de Tráfico. En 2018, año de la multa a este conductor, los Pegasus cazaron casi 20.000 infracciones gracias a sus más de 3.370 horas de vuelo.
Superar la distancia mínima entre vehículos conlleva la pérdida de cuatro puntos, además de 200 euros
Con especial relevancia a las distancias entre vehículos, uno de los principales motivos de multa junto a los excesos de velocidad y pisar marcas longitudinales, esta sanción conlleva la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir así como 200 euros. La DGT entiende que se comete una infracción en el momento en que un vehículo "circula detrás de otro, sin dejar espacio libre que le permita detenerse, sin colisionar, en caso de frenada brusca que le precede".
Una sanción que desde ahora coge un nuevo rumbo, ya que el juez ha considerado que para multar "tiene que haber una distancia y quedar acreditada, siquiera de manera aproximada cuál es", así como se "tienen que hacerse constar las circunstancias de la circulación con especial mención a velocidad, frenado y adherencia". Razones que las simples fotografías del Pegasus no acreditan con suficiencia y por lo que se ponen en duda más de un millar de recaudaciones que la DGT tiene pendientes.