
Director de Buen Gobierno. Iuris&Lex y RSC
La legislación obliga a pagar daños y perjuicios a los dueños de las empresas
Los gestores administrativos recomiendan revisar el borrador de la Renta antes de aceptarlo para no perder dinero, puesto que los borradores pueden contener errores o no contemplar cambios en las circunstancias familiares y personales que pueden suponer hasta 300 euros de media.
Sí es posible presentar expedientes de regulación temporal de empleo (Erte) por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas o productivas) limitadas al estado de alarma y sus prórrogas, durante el período del 30 de marzo al 9 de abril, en los casos en que la actividad ya se haya suspendido, cuando se entienda que responde a la finalidad de confinamiento y la suspensión siga operativa.
El plan de incautaciones de empresas planteado por el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, supondría una ruina para el Estado en indemnizaciones. Las empresas afectadas tendrían derecho a indemnización por daños y perjuicios, siempre que se produzcan a causa de la intervención, aplicándose las normas expropiatorias que regulan la ocupación temporal de empresas, según la Ley de Expropiación Forzosa (LEF).
El número de referencia y 'Clave PIN' siguen siendo, junto al certificado y el DNI electrónicos, los sistemas de acceso a RENTA WEB y a otros servicios de Campaña de Renta, como la consulta de datos fiscales y del estado de tramitación de la devolución. Cada año, la mayoría de los contribuyentes olvidan como se obtienen para confirmar el borrador o hacer la declaración.
En la presente Campaña de la Renta, iniciada el 1 de abril de 220, y más allá del nuevo sistema guiado de identificación, que se aplica tanto para los accesos a través de la web de la Agencia, como a través de la ‘app’, la aplicación móvil cuenta con algunas mejoras para seguir reforzando su accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario.
La Agencia Tributaria abre el 1 de abril el plazo para confirmar o modificar y presentar por Internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 (IRPF 2019) y las devoluciones se iniciarán a partir del 3 de abril.