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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 19 (EUROPA PRESS)
Altadis recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional que reconoce el derecho de los trabajadores de recibir una compensación económica por la supresión del pago en especie por la Ley Antitabaco, informó hoy la tabaquera hispano gala.
Altadis decidió suprimir la entrega que venía efectuando a sus trabajadores y jubilados del tabaco promocional al considerar que vulneraba lo establecido por la Ley de Medidas de Prevención del Tabaquismo, que entró en vigor el pasado mes de enero.
El fallo de la Audiencia Nacional confirma la nulidad de los convenios colectivos en que se recogía este pago en especie en virtud de dicha ley, pero considera que la prohibición legal de entregar tabaco ocasiona un perjuicio a los perceptores que debe restablecerse por su valoración económica.
"Declaramos el derecho de todos los trabajadores activos, pasivos y prejubilados de Altadis a que ésta les abone mensualmente una compensación en metálico equivalente al valor de mercado, de las correspondientes labores de tabaco cuya entrega queda anulada", dice el fallo de la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press.
La compañía que preside Antonio Vázquez justifica su decisión de recurrir la sentencia en que Altadis no está obligada a compensar económicamente a dichos trabajadores de las consecuencias de la cancelación del pago en especie porque se trata de una consecuencia de una ley.
Argumenta que el razonamiento de la sentencia de la Audiencia Nacional no se ajusta a la disposiciones legales que rigen la nulidad de los pactos de convenio cuando son anulados por las leyes, por lo que interpondrá un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
PAGO DE 8 MILLONES AL AÑO.
Los trabajadores de Altadis podrán seguir recibiendo el pago en especie como complemento a su sueldo por importe global de unos 8 millones de euros anuales, a pesar de la entrada en vigor de la Ley Antitabaco, según informó la Federación Agroalimentaria de UGT.
Esta sentencia afecta a un total de 8.000 trabajadores, entre empleados, jubilados y prejubilados, a los que la tabaquera dejó de entregar tabaco gratis alegando que esta práctica era contraria a la norma, añadió el sindicato, que valoró "muy positivamente" el fallo.
Los sindicatos en la empresa fruto de la fusión de Tabacalera y Seita presentaron el pasado mes de abril ante la Audiencia Nacional una demanda por conflicto colectivo contra Altadis por la supresión de las retribuciones en especie.
Dirección y sindicatos de la empresa hispano francesa no habían logrado alcanzar un acuerdo sobre la eliminación del pago mensual de cartones de tabaco en el último encuentro que mantuvieron en el seno del Servicio de Intermediación y Arbitraje de Madrid (SIMA).
Representantes sindicales de Altadis ya advirtieron de que presentarían la demanda por conflicto colectivo, después de que la dirección de la compañía rechazara la posibilidad de continuar negociando este pago bajo el paraguas de organismos de mediación.
La demanda colectiva de CC.OO., UGT, CGT, CTI y ATT reclamaba a Altadis que reinstaurara el pago de tres cartones de tabaco rubio o negro mensuales, más los extras correspondientes a junio y Navidades, por valor estimado de 1.000 euros al año, a unos 8.000 afectados.
INTERPRETACION AJUSTADA DE LA LEY.
La compañía alegó entonces que la supresión de estas retribuciones en especie respondía a una interpretación ajustada de la Ley Antitabaco, que prohíbe el tabaco de promoción, mientras que los empleados consideran que este pago refleja un derecho histórico que no se ve afectado por las restricciones de la norma.
Los sindicatos argumentaban que esta retribución figura de forma expresa en la nómina de los empleados en activo, donde se especifica su valor en metálico, lo que consta en la declaración fiscal, y tachan de "oportunista" la interpretación de Altadis.
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