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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 29 (EUROPA PRESS)
La Comisión de Justicia del Senado aprobó hoy una enmienda a la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial que establece que el Gobierno impulse, de acuerdo con las administraciones competentes, una "revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad".
Con el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción del PP, la comisión fija que las normas que regulan los límites de velocidad en toda la geografía española deben ser revisadas para adecuarlas "a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial".
En declaraciones a Europa Press, el senador socialista Arcadio Díaz Tejera indicó que "no se ha establecido una fecha concreta" para el inicio de la revisión de la señalización y de los límites de velocidad y añadió que esta medida tiene como fin que se dé "un mejor y más ajustado" cumplimiento de la velocidad permitida en las carreteras españolas.
Asimismo, la comisión aprobó que esta ley orgánica entre en vigor al día siguiente de su publicación para todos los conductores, a excepción de "aquellos que conducen sin haber obtenido el permiso de conducir". Para éstos, añadió Díaz, la ley se pondrá en marcha el 1 de mayo de 2008 para "incentivarles a que se saquen el carnet" y para impulsar "el cumplimiento de la normativa penal".
A principios de este mes de octubre el Congreso de los Diputados dio luz verde a esta reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, que persigue endurecer las sanciones por conducción temeraria, con penas de cárcel en los casos más graves.
El texto contó con el apoyo de todos los grupos salvo el del PP, que votó en contra, y el de los grupos de IU-ICV y PNV, que se abstuvieron. La reforma eleva las faltas a delitos en casos concretos de exceso de velocidad, como conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en carretera, y a más de 110 en vía urbana.
También será delito penal que el resultado de las pruebas dé más de 1,2 gramos de alcohol en sangre. Igualmente, se considerará un delito conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carnet o sin haber tenido nunca un permiso, supuestos que se castigarán con medidas de tres a seis meses de cárcel.
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