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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 7 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la recusación presentada por Gas Natural, a la que se adhirió posteriormente Iberdrola, contra la titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, Miriam Iglesias. El tribunal ha apreciado la "mala fe" de los recurrentes e impone a Gas Natural y a Iberdrola el pago de 4.000 euros cada uno por las costas del proceso, según se detalla en sendos autos de contenido similar.
La Sección Vigésimo Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, bajo la instrucción del magistrado Eladio Galán Cáceres, considera que la recusación "no cumple las exigencias legales" y pone de relieve "la utilización fraudulenta que la parte recurrente hace de esta institución", según establecen los autos.
La recusación se basa en la "tergiversación de los hechos" y en una "apariencia de falta de imparcialidad" . Así rechazan los autos el "único dato objetivable" presentado por los recurrentes basado en el vínculo profesional existente "durante dos años" entre el marido de la jueza, el abogado Francisco Prada Gayoso, y el director de la asesoría jurídica de Endesa, Borja Acha.
El tribunal acusa a Gas Natural e Iberdrola de intentar convertir el incidente de recusación en un "medio de controlar la legalidad de las resoluciones dictadas por la recusada", y considera que las decisiones tomadas por Iglesias, en concreto la imposición a Endesa de un aval de 1.000 millones de euros por la adopción de medidas cautelares, "no evidencia precisamente trato de favor".
La resolución devuelve a Iglesias el trámite del proceso, con lo que podrá continuar con la denuncia presentada por Endesa contra Gas Natural e Iberdrola por presunto pacto colusorio en la OPA de la gasista sobre Endesa, que provocó la suspensión cautelar de la oferta y obligó a Endesa a depositar un aval por posibles daños y perjuicios de 1.000 millones de euros.
La jueza también continuará tramitando la denuncia presentada por Endesa contra Gas Natural e Iberdrola por asistencia financiera, al estimar la eléctrica que el pacto de venta de sus activos para sufragar parte de la OPA es una medida que contradice al artículo 81 de la Ley de Sociedades.
Gas Natural e Iberdrola presentaron el pasado mes de diciembre sendos escritos de recusación contra la juez Miriam Iglesias por una supuesta falta de imparcialidad. Al tiempo, Endesa solicitó el levantamiento de la suspensión cautelar con la finalidad de desbloquear la OPA de E.ON. La resolución de la recusación ha bloqueado hasta este momento la tramitación de las dos denuncias que Endesa pretende defender hasta conseguir sentencia en firme.
Durante esta paralización del proceso, el aval bancario que Endesa tuvo que depositar para cubrir los eventuales perjuicios de la suspensión cautelar de la OPA de Gas Natural y el acuerdo de compraventa de activos firmado entre la empresa gasista e Iberdrola sigue depositado en el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid. Su desbloqueo se producirá en caso de que se archiven las denuncias o cuando finalicen los trámites jurídicos y no haya ninguna solicitud posterior de perjuicios de ninguna de las partes.
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