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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 27 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) publicará mañana en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una nueva Orden para el restablecimiento de medidas específicas de protección contra la 'lengua azul' ante el previsible aumento de las temperaturas.
De esta forma, finalizados los meses de invierno, el Departamento que dirige Elena Espinosa establece las condiciones para el movimiento de animales desde la zona restringida hacia la zona libre debido al próximo cambio de las condiciones climatológicas.
Según explicó el MAPA, el análisis de los últimos datos obtenidos con el Programa Nacional de vigilancia entomológica y serológica, y los datos históricos, permite prever el reinicio escalonado de la actividad continuada de 'Culicoides imicola' en las zonas calificadas como estacionalmente libres, lo que justifica la modificación del régimen de movimientos previsto en la normativa anterior, adaptándose a la nueva situación epidemiológica.
La nueva orden establece los requisitos para los movimientos para vida y sacrificio de los animales de las especies sensibles procedentes de la zona restringida.
Una de las novedades más importantes con respecto a la Orden del pasado año consiste en la obligatoriedad de la vacunación de los animales de las especies ovina y bovina de la zona restringida.
El movimiento de animales de las especies sensibles a la lengua azul, desde la zona restringida a explotaciones situadas en zona libre, se hará conforme a determinadas condiciones, fechas y plazos recogidos en la Orden Ministerial.
Asimismo, se modifica el artículo referente al tránsito de animales por zona restringida, adaptándolo a las nuevas condiciones previstas en la decisión comunitaria, del tal modo que se autoriza el mismo siempre que se aplique a los animales y a los medios de transporte un tratamiento con repelente y/o desinsectante autorizado en el lugar de carga o, en cualquier caso, antes de entrar en zona restringida.
Finalmente, el Departamento de Elena Espinosa fija un plazo máximo de 48 horas para el sacrificio en matadero de animales procedentes de zona restringida.
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