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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio consideró hoy normal que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) resuelva la disparidad de criterios entre España y Bruselas por el decreto de febrero de 2006 que facultó a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) para imponer condiciones a la alemana E.ON para adquirir Endesa, informaron a Europa Press fuentes del Ministerio.
El Departamento que dirige Joan Clos entiende que este decreto "se ajusta plenamenta al Derecho Comunitario" y restó importancia a la denuncia de la Comisión, ya que otros países de la Unión Europea tienen procedimientos abiertos por Bruselas ante esta instancia.
No obstante, las mismas fuentes aseguraron que el Ministerio acepta esta decisión y se enfrentará ante Bruselas en el Tribunal de Luxemburgo al no atender a los requerimientos exigidos desde la Comisión Europea, que dio un ultimátun a España para eliminar este decreto aprobado unos días después de que E.ON formulara su oferta sobre Endesa.
Por su parte, el Ejecutivo comunitario considera que este decreto representa una "restricción injustificada" de los principios de libre circulación de capitales y derecho de establecimiento y por ello vulnera la normativa comunitaria.
La ley española en cuestión es el Real Decreto-Ley 4/2006, de 24 de febrero, por el que se modifican las funciones de la CNE. En virtud de esta disposición, ha de aplicarse un procedimiento de autorización a la adquisición de participaciones en un porcentaje superior al 10 % del capital social --o cualquier otro que conceda influencia significativa-- en empresas que realicen, directa o indirectamente, actividades reguladas o actividades sujetas a una intervención administrativa, así como a la adquisición directa de los activos precisos para desarrollar las actividades citadas.
El decreto incluye las causas por las que la CNE podrá autorizar o denegar estas adquisiciones: la existencia de riesgos en relación con las actividades mencionadas, la incapacidad de realizarlas como consecuencia de otras actividades desarrolladas por la entidad adquiriente o por la adquirida, la protección del interés general y cualquier otra causa de seguridad pública.
El Ejecutivo comunitario ya envió al Gobierno español en mayo de 2006 una carta de emplazamiento, primera fase de un procedimiento de infracción, para pedirle explicaciones sobre el decreto. En septiembre del mismo año exigió formalmente que se retirara la norma o que se enmendara. Al no haber obtenido una respuesta satisfactoria de España, ahora envía el caso al Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
También podrían acabar pronto ante el Tribunal las condiciones que impuso el ministerio de Industria a la OPA de E.ON sobre Endesa el 3 de noviembre de 2006. Las autoridades españolas comunicaron el pasado 19 de enero a Bruselas que no tienen la intención de retirarlas porque las consideran imprescindibles para garantizar la seguridad de suministro.
El Ejecutivo comunitario cree por el contrario que las medidas vulneran también el principio de libre circulación de capitales y de mercancías y el derecho de establecimiento y ha anunciado que está dispuesto a llegar hasta el Tribunal de Luxemburgo para defender su punto de vista.
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