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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadMADRID, 18 (EUROPA PRESS)
El Gobierno advierte de que ningún trabajador puede ser discriminado por su condición de fumador, tanto en el acceso a un empleo como una vez empleado, y recomienda que, en caso de que se produzca algún caso de discriminación por este motivo, se recurra a las autoridades laborales o judiciales competentes.
Así lo señala el Gobierno una respuesta parlamentaria a la que ha tenido acceso Europa Press y que iba dirigida al portavoz de CiU en la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso, Carles Campuzano.
El Ejecutivo asegura que la Ley Antitabaco "no establece ninguna limitación" en el acceso al empleo "ni permite" que se introduzca restricción alguna para aquellos trabajadores que son fumadores.
"Lo que establece la ley es la prohibición total de fumar en los centros de trabajo públicos y privados, pero nada hay en ella que justifique un tratamiento peyorativo al fumador, tanto en su condición de trabajador como en cualquier otra condición profesional o ciudadana", subraya el Gobierno en el escrito.
Tras la publicación y entrada en vigor de la Ley Antitabaco se han denunciado algunos casos en los que se discriminaba a los trabajadores fumadores a la hora de acceder a un empleo. Una de estas denuncias la efectuó el Club de Fumadores por la Tolerancia, que había detectado varias ofertas de trabajo que discriminaban a los fumadores.
Uno de los casos más llamativos se dio en el Centro de Investigación Príncipe Felipe de Valencia, que en una convocatoria para la obtención de becas recomendaba a los fumadores que se abstuvieran de presentar solicitudes. El Club de Fumadores por la Tolerancia denunció el caso y el Centro rectificó poco después, admitiendo finalmente entre sus solicitantes a fumadores.
Mientras que en España se defiende la no discriminación del trabajador por su condición de fumador, las leyes comunitarias no castigan la discriminación laboral de los fumadores, al no contemplarse esta causa en la normativa. De hecho, en la UE se prohiben conductas discriminatorias por cuatro causas: las creencias religiosas, la orientación sexual, la raza, y la edad.
Ante la posible aparición de prácticas discriminatorias en el trabajo contra aquellos empleados que fuman, el Gobierno español subraya que lo que procede en dichas situaciones es la reclamación ante las autoridades laborales, o en su caso, judiciales, a fin de garantizar el pleno respeto de los derechos reconocidos en las leyes.
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