
La plataforma más completa de información y servicios económicos para iPad.
Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadConsidera probado que las empresas se repartieron el mercado de distribución cinematográfica y sanciona con 900.000 euros a FEDICINE
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado con 12 millones de euros a las distribuidoras de cine The Walt Disney Company Iberia/Buenavista International Spain, Sony Pictures Releasing de España, Hispano Foxfilm, United International Pictures y Warner Sogefilms, a razón de 2,4 millones de euros de sanción para cada una de ellas, por repartirse el mercado de distribución cinematográfica.
La resolución, en la que también se establece una multa de 900.000 euros para la Federación de Distribuidores Cinematográficos (FEDICINE), establece que estas empresas han infringido el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia por haber concertado sus políticas comerciales frente los exhibidores de cine, repartiéndose, como consecuencia de dicha concertación, una parte sustancial del mercado.
El expediente se inició a raíz de la denuncia presentada el 6 de febrero de 2003 por la Federación de Entidades de Cine de España (FECE) contra las citadas distribuidoras. Finalmente, el TDC ha concluido la existencia de la concertación al comprobar que las cláusulas tipo de los contratos que vinculan a las distribuidoras con los exhibidores son idénticas en su práctica totalidad.
Estas cláusulas recogen aspectos como la fijación de la sala y el período de exhibición de las películas, el carácter semanal de la liquidación de los ingresos correspondientes a las distribuidoras, los plazos de pago de dichos ingresos, las características de la recogida del material, la imposibilidad de repercutir los descuentos hechos por el exhibidor a la distribuidora o el mecanismo de control de las cifras de recaudación a través de las hojas de taquilla.
Además, la existencia de esta práctica concertada se pone de manifiesto al comprobar que la política de precios de las distribuidoras es prácticamente idéntica. En la mayoría de los casos, y especialmente en aquellos relativos a las películas más populares, distribuidores y exhibidores pactan un sistema de reparto de ingresos de la recaudación en taquilla durante las semanas que dura la exhibición de la película correspondiente.
El Tribunal considera que la coincidencia de las características de dicho reparto en lo relativo a las condiciones pactadas con las cinco distribuidoras imputadas es sintomática de la existencia de una concertación. Dicha coincidencia se materializa en los siguientes aspectos: en la mayoría de los casos de los estrenos de películas más populares durante la primera semana de exhibición las cinco distribuidoras se reservan el 60% de la recaudación en taquilla y esa cifra va descendiendo en tramos de cinco puntos porcentuales a medida que transcurren las semanas, siguiendo una pauta muy similar en el comportamiento de las cinco distribuidoras.
MULTA PARA FEDICINE.
Por otro lado, esta Resolución también declara que la Federación de Distribuidores Cinematográficos (FEDICINE), a la que pertenecen las cinco distribuidoras denunciadas, ha infringido igualmente el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia al elaborar una base de datos de acceso restringido, con información sensible para el diseño de estrategias comerciales.
Esta base de datos recoge información como las cifras de recaudación de las películas, por salas y semanas de exhibición. Asimismo, en el marco de FEDICINE las cinco distribuidoras se intercambiaban información relativa a las previsiones de estrenos de sus películas con gran antelación, de tal forma que lograban evitar que dos películas populares coincidieran en una misma fecha de estreno.
La resolución del organismo que preside Luis Berenguer pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde su notificación.
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