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Sudoku: Juega cada día a uno nuevo
El tiempo: Consulta la previsión para tu ciudadLa firma de un precontrato para la concesión de un crédito hipotecario, firmado por una entidad bancaria y su cliente, obliga a las partes a ponerlo en vigor, según establece una sentencia de la Audiencia de Madrid, de 17 de octubre de 2008. La sentencia sale al paso de una práctica habitual de las entidades bancarias, que hacen caso omiso de los acuerdos pactados una vez contraídos, amparándose en la libertad de contratación.
El ponente, el magistrado Ruiz Jiménez les recuerda que las negociaciones previas, cuando en las mismas ya se han convenido todos los elementos esenciales del contrato que posteriormente se vaya a formalizar, tienen el mismo valor que éstos y que no es lícito "echarse atrás" en el último momento.
Considera que existe el precontrato cuando no quedaba pendiente ningún elemento esencial del futuro contrato, completo en sus elementos fundamentales, y está pendiente exclusivamente de la firma ante notario.
En este caso, la Audiencia Provincial de Madrid condena a la entidad financiera a suscribir dos préstamos acordados en todos sus detalles en una sucursal, volviéndose atrás en el acto de formalización en la notaría.
Los hechos se remontan al año 2006, en el que dos empresas familiares convinieron con una entidad de crédito la reunificación de varios préstamos y líneas de crédito que estaban próximas al vencimiento mediante la contratación de dos únicas pólizas de préstamo, una para cada empresa. Dicha operación fue propuesta por el director de la sucursal donde, las dos sociedades, venían operando desde hacía más de diez años.
Cuando ya se habían fijado todas las condiciones de los contratos, tales como comisiones, gastos y tipos de interés, y se había señalado el día, con el envío de dichos contratos a la notaría para que los préstamos se formalizaran, los únicos que acudieron a dicho acto fueron los representantes de las empresas, recibiendo una llamada de la entidad la operación debía "reestudiarse". Ha de señalarse que los contratos contaban incluso con la firma del apoderado bancario, quedando pendientes tan sólo de ese último acto ante notario.
"Casa mal con la afirmación de la apelada (la entidad financiera, y que la sentencia previa acoge, que si estaba pendiente de nuevas negociaciones, se conviniera día y hora para acudir a la notaría y se completara el documento por la entidad bancaria, incluida la firma de su apoderado", razona la sentencia, ante los argumentos de la defensa de los clientes, que ha sido llevada a cabo por los servicios jurídicos de la Asociación de Usuarios de Banca (Ausbanc).
La Sentencia dictada en la primera instancia desestimó la demanda. Apelada dicha resolución, la Audiencia Provincial revoca ahora todos los fundamentos jurídicos estimados por el Juzgado de Primera Instancia.
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Dos años para la resolución. Me pregunto si les habrá servido de algo a las empresas esperar o habrán tenido que ir a otro banco y renegociar. Estos tiempos dicen mucho de la justicia española
Bravo por el juez. Ya va siendo hora de que pongan en su sitio a las entidades financieras. Realmente son incompetentes te dan como te quita además son unos chantajistas: van alardeando que no pueden quebrar por el efecto sistémico. Ya que cuando van mal debemos salvarlas entre todos, lo que necesitamos es, por lo menos, más control en estas entidades. Además es hora de despolitizar las cajas. Ya.
ahora habrá que ver si respetan la sentencia o inventan una argucia para reirse... son los que mandan y lo estan demostrando. Ahora bien, yo les hacia abrir el grifo o les desmontaba todo el chiringuito.
inmobiliariasantander y bbvalquila junto con caja mandril y camcaja tienen los dias contados. la banca fisica no será necesaria a partir de 2012. la era 3.0 se instalará en todo el mundo. junto con la moneda unica mundial y el sueldo base mundial. es la unica manera de que el ser humano sobreviva y evolucione. cuando una persona se enriquece miles pasan hambre. el dinero tiene que ser el vehiculo, no el fin de nuestra existencia. tendria que estar prohibido tener a una sola persona mas de 10 millones de leubrolares.
renta base mundial. ni 0,7 ni leches.

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